Disposición N° 35/DGDGAS/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 35/DGDGAS/21
Buenos Aires, 8 de noviembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.292, las Ordenanzas Nros 33.313 y 43.273 (textos consolidados
por Ley N° 6.347) los Decretos Nros. 3.142/89, 463/GCABA/19 y sus modificatorios, la
Disposiciones Nros. 9-GCABA-DGDGAS/17, 23-GCABA-DGDGAS/19 y su
modificatoria N° 43-GCABA-DGDGAS/19, el Expediente Electrónico N° EX- 2021-
34084168- -GCABA-DGDGAS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose,
entre otros, al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que por los Decretos Nros. 463-GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la
estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, estableciendo bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción a la Dirección General Desarrollo Gastronómico dependiente de la
Subsecretaría de Políticas Gastronómicas;
Que mediante Decreto N° 337-GCABA/21, se creó dentro del ámbito de esta Dirección
General, la Gerencia Operativa de Mercados Gastronómicos la que posee entre sus
responsabilidades primarias las de... planificar y administrar la organización de
Mercados Gastronómicos y los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N ° 72,
sito en la Avda. Córdoba 1750, y N° 128, sito en la calle Juramento 2528, y el Mercado
Gastronómico; Marcelo T. de Alvear, sito en la calle Bonpland 1660 (...) planificar y
elaborar un plan de uso del espacio referido a dichos mercados (...) participar en la
organización de mercados bajo su competencia, y/o reubicados por razones de interés
general...;
Que los Centros de Abastecimiento Municipales y el Mercado de Bonpland, se
encuentran regulados por las Ordenanzas Nros. 33.313 y 43.273 y su Decreto
Reglamentario N° 3142/89;
Que mediante Disposición N° 9-GCABA-DGDGAS/17, la entonces Dirección General
Desarrollo Gastronómico aprobó el Procedimiento Administrativo de Solicitud de
Permiso de Uso de Local en un Mercado Gastronómico o Centro de Abastecimiento
Municipal (CAM), en donde se estableció la documentación requerida en el marco de
dicho procedimiento;
Que en ese marco, mediante Disposición N° 23-GCABA-DGDGAS/19 y su
modificatoria N° 43-GCABA-DGDGAS/19, se aprobó el Reglamento de los Centros de
Abastecimiento Municipal;
Que tal como surge del Informe N° IF-2021-34025732-GCABA-DGDGAS, la Gerencia
Operativa de Mercados Gastronómicos dependiente de esta Dirección General,
informó que el local N° 15 del Centro de Abastecimiento Municipal CAM N° 72 -
”Mercado de San Nicolás”, se encuentra a la fecha sin ocupación;
Que asimismo, del precitado Informe surge que resulta de suma importancia poder
otorgar permisos de uso precario respecto del mencionado local a los fines que el
mismo pueda explotarse comercialmente, lo que implicaría un beneficio para el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6254 - 10/11/2021

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