Disposición N° 348/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 348/DGIUR/19
Buenos Aires, 15 de marzo de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 7.760.419/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "1.8 - Comercio minorista excluido alimentos como uso principal", para
el inmueble sito en la calle Florida Nº 165 y San Martin Nº 170 Planta Baja, Entrepiso y
Sótano, local Nº 6, con una superficie a habilitar de 58,94 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado en el Área De Protección Histórica Específica:
APH 51 "Catedral al Norte". Zona: 1;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
8109760-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el APH51
"Catedral al Norte";
Que la gerencia Operativa Usos del Suelo informa que por ley 6.099/18, se promulgo
el nuevo Código Urbanístico (CUR):
Según lo establecido en el parágrafo 3.7.38. APH51 - del Código Urbanístico para la
zona 1, le corresponde el Área de Alta Mixtura de usos del suelo 4.
Para los Usos según zonas: El Área se subdivide en áreas según el carácter
predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las mismas son los que se
detallan en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3;
Que según lo consignado en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 del Código
Urbanístico para el área de mixtura 4: El uso solicitado: "1.8 - Comercio minorista
excluido alimentos como uso principal", se encuentra expresamente consignado en
dicho cuadro y se indica 1500 (Permitido en el Área de mixtura de usos hasta 1500
m²);
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que se visan los usos permitidos "Comercio minorista excluido alimentos como uso
principal" hasta 1500 m², para el inmueble sito en la calle Florida Nº 165 y San Martin
Nº 170 Planta Baja, Entrepiso y Sótano, local Nº 6, con una superficie de 58,94 m². Se
deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la
localización del uso: "Comercio minorista excluido alimentos como uso principal", para
el inmueble sito en la calle Florida Nº 165 y San Martin Nº 170, Planta Baja, Entrepiso
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5585 - 26/03/2019

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