Disposición N 477/GCABA/DGFYME/11
Firmantes | Vallejos |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Ferias y Mercados |
Fecha de la disposición | 6 de Diciembre de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL FERIAS Y MERCADOS
DISPOSICIÓN N 477/GCABA/DGFYME/11SE PROCLAMA ELECTO - AL DELEGADO LOPEZ CANCELO JOSE ANTONIO - FERIA DEL LIBRO-PARQUE RIVADAVIA - PARA INTEGRAR LA COMISIÓN TÉCNICA - TORRES PABLO MIGUEL - DIRECCIÓN GENERAL FERIAS Y MERCADOS
Buenos Aires, 06 de diciembre de 2011
VISTO:
la Ley N° 2.506, los Decretos N° 2075/GCBA/07, N° 132/GCBA/08, N° 755/GCBA/09; N° 1017/GCBA/09, y la Ordenanza N° 47046/CJD/93, Expediente N° 2042314/2011;
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 2.506 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobándose por Decreto N° 2.075/GCBA/07 la Estructura Orgánica Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 2075/GCBA/07 crea bajo la órbita de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, la Dirección General de Ferias y Mercados;
Que las responsabilidades primarias de la Dirección General de Ferias y Mercados son modificadas por el Decreto N° 132/GCBA/08;
Que el Decreto N° 755/GCBA/09 modifica la denominación de la Subsecretaria de Mantenimiento Urbano, la que pasa a denominarse Subsecretaria de Uso del Espacio Público;
Que el Decreto N° 1017/GCBA/09 modifica la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto 2075/GCBA/07 y modificatorias.
Que la Ordenanza N° 47.046/CJD/93 regula el funcionamiento de las actividades feriales de "Compra-venta y canje de revistas y libros usados", "Compraventa y Canje de Cassettes y discos usados"; "compra-venta y canje de objetos de filatelia y numismática"; incluyendo en su Art. 2, a la feria libros de Parque Rivadavia;
Que la Ordenanza precitada establece en su Art. 9°: "En cada Feria funcionará: a) Un Cuerpo de Delegados; b) Una Comisión Técnica.
Que, asimismo, establece que: " El Cuerpo de Delegados se conformará de un (1) delegado por cada veinte (20) permisionarios en cada Feria, elegido por el voto secreto y directo de los feriantes. En las Ferias en que hubieren veinte (20) o menos permisionarios se elegirá un solo delegado. En las Ferias de más de cien (100) la proporción se modificará en un (1) delegado...
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