Disposición N° 34/DGTALPG/19

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 34/DGTALPG/19
Buenos Aires, 15 de marzo de 2019
VISTO:
La Ley Nº 70 (texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nº 42/GCABA/2002,
Nº 433/GCABA/2016 y N° 54/GCABA/2018, las Resoluciones Nº 832/PG/2003, Nº
180/PG/2006 y Nº 2944/MHGC/2016, y el EE Nº 33008096/PG/2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto Nº 42/GCABA/2002, modificado por su similar N°
54/GCABA/2018, establece que la Administración podrá reintegrar aquellos gastos
útiles realizados por los mandatarios para identificar al demandado o su domicilio,
realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar sentencias;
Que el Decreto Nº 433/GCABA/2016 establece los niveles de decisión y cuadro de
competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad
de Buenos Aires, de acuerdo al artículo 4 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley
N° 6.017);
Que el referido decreto faculta a funcionarios para autorizar pagos, reintegros de
gastos y devoluciones de impuestos, derechos, tasas y multas, así como aprobar
liquidaciones de haberes, transferencias de fondos y gastos descentralizados
operativamente;
Que, a su vez, mediante Resolución Nº 2944/MHGC/2016 se aprueba la
reglamentación aplicable a los trámites de Reintegro de Gastos encuadrados en el
Punto 2 del Anexo I del Decreto precitado;
Que, conforme la mentada Resolución, el trámite de reintegro de gastos exige, en
forma previa a su autorización, la emisión del "acto administrativo de aprobación del
gasto emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante";
Que por Resolución Nº 832/PG/2003, modificada por su similar Nº 180/PG/2006, se
reglamenta el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto Nº 42/GCABA/2002,
modificado por su similar N° 54/GCABA/2018;
Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de dicha norma, mediante RE-
2018-33009970-PG, obrante en el EE Nº 33008096/PG/2018, el Dr. Luis Alberto
Ravagnan (DNI N° 13.995.324, CUIT N° 20-13995324-0), mandatario fiscal del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita el reintegro de las
erogaciones efectuadas en el mes de noviembre de 2018;
Que los comprobantes de los gastos mencionados se encuentran agregados en las
actuaciones de referencia mediante IF-2018-33011545-PG;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto N° 42/GCABA/2002,
modificado por su similar N° 54/GCABA/2018, la Dirección General Asuntos Tributarios
y Recursos Fiscales, mediante PV-2018-33328049-DGATYRF, ha verificado que los
conceptos cuyo reintegro tramita por las presentes actuaciones se encuentran
comprendidos entre los gastos indicados en dicho articulado;
Que la actividad llevada a cabo por los mandatarios fiscales implica un beneficio
inmediato para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y conlleva la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5583 - 22/03/2019

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