Disposición N° 221/GCABA/DGIUR/06

FirmantesGilli
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N° 221/ GCABA/ DGIUR/ 06

AUTORIZA LOCALIZACIÓN DE USO EN EL INMUEBLE SITO EN AV LINCOLN 3521-23

Buenos Aires, 20/11/2006

Visto que por Expediente N° 83.476/05, se consulta sobre la posibilidad de localizar en el predio sito en avenida Lincoln 3521/23, P.B., de superficie a habilitar de 40,63 m2, la localización usos Restaurante, Cantina, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un predio localizado en un Distrito RIBI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449 - B.O. N° 1044);

Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, de acuerdo al cuadro de usos según Distritos N° 5.2.1 del mismo Código determinará la factibilidad de la localización de los usos solicitados;

Que del estudio realizado por la Supervisión de Interpretación Urbana se concluye se podría acceder a la localización solicitada;

Que con respecto al requerimiento de estacionamiento, el mismo resulta en el presente caso de cumplimiento optativo por tratarse de un salón de menos de 150 m2;

Que con referencia a la aplicación de la Ley N° 123 (Evaluación de Impacto Ambiental), Decreto reglamentario N° 1.352/02, los usos solicitados resultan clasificadas como SRE (sin relevante efecto);

Que analizados los antecedentes, el Consejo del Plan Urbano Ambiental considera que no existen inconvenientes, desde el punto de vista urbanístico, para acceder a la localización de los usos solicitados conforme a las consideraciones efectuadas por la Dirección General de Interpretación Urbanística en el Informe N° 2.354-DGIUR/06. La presente no implica la localización de la actividad de música y canto;

La conformidad prestada por el presente, no puede interpretarse como eximición del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidas por los Códigos de Planeamiento Urbano, de la Edificación y de Habilitaciones y Permisos que no hayan sido expresamente considerados en el mismo;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE

INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA

DISPONE:

Artículo 1°

...

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