Disposición N° 118/GCABA/DGIUR/06

FirmantesGilli
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N° 118/ GCABA/ DGIUR/ 06

SE AUTORIZA LOCALIZACIÓN DE USO EN EL INMUEBLE SITO EN LA CALLE NUEVA YORK 4084-86, ESQ. MERCEDES 3993-9 - LOCALIZACIÓN DE LOS USOS DE CASA DE LUNCH, CAFÉ, BAR, COMERCIO MINORISTA

Buenos Aires, 04/08/2006

Visto que por Expediente N° 11.083/06 se consulta sobre la posibilidad de localizar en el local comercial sito en la calle Nueva York 4084/86, esq. Mercedes 3993/9, los usos Casa de lunch, café, bar. Comercio min. elab. y venta pizza, faina, empan. postres, flanes, churros. Confitería con una superficie cubierta de 153,92 m², y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un local emplazado en el Distrito APH Plaza Arenales y su Entorno , de acuerdo al parágrafo 5.4.13 Nuevos APH del Código de Planeamiento Urbano y no se encuentra catalogado;

Que los usos Casa de lunch, café, bar, Com. min. elaboración y venta de pizza, fugazza, faina, empanadas, postres, flanes, churros. Confitería si bien no están expresamente consignados deben considerarse comprendidos en el rubro Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill y bar, café, whisquería, cervecería, lácteos, heladería, etc..del Agrupamiento Servicios para la vivienda y sus ocupantes y están afectados por la referencia C, debiendo este organismo estudiar la factibilidad de su localización;

Que desde el punto de vista del patrimonio urbano se considera que los rubros solicitados no originan impactos relevantes en el Distrito APH, atento a que se trata de un lugar de recreación y esparcimiento de escala barrial; que históricamente su funcionamiento data según la primera habilitación del año 1974;

Que con respecto a la publicidad, a fs. 17 el propietario presenta las razones económicas y de legislación de la normativa para el Distrito APH Plaza Arenales y su Entorno por las cuales la adecuación de la publicidad la realizará una vez aprobada la normativa;

Que por Informe N° 263-CPUAM/06 correspondiente a lo aprobado en sesión plenaria por Acta N° 292 del 29 de junio de 2006 por el Consejo del Plan Urbano Ambiental, de acuerdo a lo establecido en 7.2 Intervenciones en parcelas de dominio privada o de personas de derecho público del punto 7 Tramitaciones del artículo 5.4.12. del Código de Planeamiento Urbano, no presenta objeciones desde el punto de vista urbanístico;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL...

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