Disposición N° 83/GCABA/DGSP/07

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 83/ GCABA/ DGSP/ 07

RENUEVA LA HABILITACIÓN CONCEDIDA A PRETORIAN SEGURIDAD PRIVADA SRL PARA DESEMPEÑARSE COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

Buenos Aires, 01/03/2007

Visto la Ley N° 1.913 (B.O. N° 2363), el Decreto N° 446/06 (B.O. N° 2436), la Disposición N° 217-DGSSP/05 y la Carpeta N° 2-DGSSP/05, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 217-DGSSP/05 de fecha 11/7/05 la empresa Pretorian Seguridad Privada S.R.L., con domicilio real en la calle Maipú 2337, 4° piso, Olivos, Pcia. de Buenos Aires y constituido en Montevideo 665, 7° piso, Ofic. 702 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año para prestar servicios de seguridad privada, sin autorización para el uso de armas, en los términos de la legislación vigente a esa fecha;

Que actualmente a solicitud de la firma de referencia, se encuentra en trámite la renovación por un nuevo período anual, en los términos del artículo 3°, punto 2, incisos a), b) y c) de la Ley N° 1.913 y de la reglamentación aprobada por Decreto N° 446/06, sin autorización de uso de armas;

Que la requirente ha designado director técnico en los términos del artículo 17, sigs. y concs. de la mencionada ley, al señor Luis Eduardo López, LE 4.698.972;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los arts. 9°, inciso c) y 20 inciso a) de la Ley N° 1.913 y la reglamentación aprobada por Decreto N° 446/06;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1.913 y por el Decreto N° 446/06 para concederle la renovación de la habilitación requerida como prestadora de servicios de seguridad privada, sin autorización de uso de armas y darle de alta en la actividad;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1°

Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un año, la habilitación concedida a la empresa Pretorian Seguridad Privada S.R.L. para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías establecidas por el artículo 3°, punto 2, incisos a), b) y c) de la Ley N° 1.913 y Decreto N° 446/06, sin autorización de uso...

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