Disposición N° 29/GCABA/DGSP/07

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición15 de Enero de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 29/ GCABA/ DGSP/ 07

CONCEDE LA HABILITACIÓN POR UN AÑO A LA EMPRESA SEAL SECURITY SRL COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA SIN AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS - DIRECTOR TÉCNICO LORENZO ALBERTO DUARTE DNI 6.082.181

Buenos Aires, 15/01/2007

Visto la Ley N° 1.913 (B.O. N° 2363), el Decreto N° 446/06 (B.O. N° 2436) y la Carpeta N° 66-DGSP/06, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada, en los términos del artículo 3°, punto 2, incisos a), b) y c) de la Ley N° 1.913, presentada por la empresa Seal Security S.R.L., con domicilio real en Pasaje Rioja 2443, 2° piso, depto. B y constituido en Triunvirato 4135, 1° piso, depto. 26 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la requirente ha designado director técnico en los términos del artículo 17, sigs y concs. de la mencionada ley, al señor Lorenzo Alberto Duarte, DNI 6.082.181;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establece el artículo 20, inc. a) de la Ley N° 1.913;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante surge que reúne los requisitos exigidos por la citada ley y por el Decreto N° 446/06, para concederle la habilitación requerida como prestadora de servicios de seguridad privada sin autorización de uso de armas, y darle de alta en la actividad;

Que por otra parte, el inicio de la actividad habilitada estará sujeto a la presentación de las altas de personal y de objetivos protegidos, en los términos exigidos por el artículo 10, inc. e) y el artículo 13 del texto legal de aplicación;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1°

Concédase la habilitación por el término de un año a la empresa Seal Security S.R.L., sin autorización de uso de armas, para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los términos del artículo 3°, punto 2, incisos a), b) y c) de la Ley N° 1.913 y del Decreto N° 446/06.

Artículo 2°

Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo precedente.

Artículo 3°...

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