Disposición N° 14/GCABA/DGSP/07

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 14/ GCABA/ DGSP/ 07

HABILITA AL SR CÉSAR ARTURO FERREIRA PARA PRESTAR SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS

Buenos Aires, 08/01/2007

Visto la Ley N° 1.913 (B.O. N° 2363), los Decretos Nros. 446/06 (B.O. N° 2436) y 1.755/06 (B.O. N° 2556) y la Carpeta N° 110-DGSSP/06, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud presentada por el señor César Arturo Ferreira, DNI 10.263.323, con el objeto de que se lo habilite a prestar servicios de seguridad privada en forma personal en las categorías establecidas por el artículo 3°, punto 2, incisos a), b) y c) -sin autorización al uso de armas- de la Ley N° 1.913, los cuales habrá de prestar sin personal a cargo en los términos del artículo 5° del mismo cuerpo legal;

Que el nombrado denunció su domicilio real y constituido en avenida Rivadavia 6168, P.B., depto. 12 de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los artículos 9°, inciso c) y 20, inciso a) de la Ley N° 1.913 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 446/06;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por el solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1.913 y el Decreto N° 446/06 para concederle la habilitación requerida como prestador de servicios de seguridad privada, sin autorización de uso de armas y darle de alta en la actividad;

Que asimismo, el peticionante abonó el arancel establecido por el artículo 2°, inciso c - 1) del Decreto N° 1.755/06, por lo que corresponde el otorgamiento de la renovación de la habilitación por un plazo de dos años;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1°

Concédase al señor César Arturo Ferreira, DNI 10.263.323, por el término de dos años a partir de día de la fecha, su habilitación a título personal, para prestar servicios de seguridad privada, en la categorías establecidas por el artículo 3°, punto 2, incisos a), b) y c) -sin autorización al uso de armas- de la Ley N° 1.913, reglamentado por el Decreto N° 446/06, sin personal a cargo.

Artículo 2°

Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo...

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