Disposición N° 490/GCABA/DGSP/06

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 490/ GCABA/ DGSP/ 06

DECLARA LA CADUCIDAD DE LA SOLICITUD DE HABILITACIÓN COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA DE EMPRESA DE SEGURIDAD, BANCOS, INDUSTRIA Y ASESORAMIENTO SA

Buenos Aires, 26/12/2006

Visto Leyes Nros. 118 (B.O. N° 607), 946 (B.O. N° 1603) y 1.913 (B.O. N° 2363), los Decretos Nros. 1.133/01 (B.O. N° 1260), 446/06 (B.O. N° 2436), y la Carpeta N° 4-DGSSP/03, y

CONSIDERANDO:

Que se inician las presentes actuaciones a raíz de la solicitud presentada por la firma Empresa de Seguridad, Bancos, Industria y Asesoramiento S.A. para obtener la habilitación como empresa prestadora de servicios de seguridad privada, en los términos de las Leyes Nros. 118 y 946, y de su reglamentación aprobada por Decreto N° 1.133/01;

Que oportunamente, la firma de referencia denunció su domicilio real y constituyó el legal en la calle Suipacha 831, 3° piso, depto. D de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a la fecha, la firma de referencia no ha completado la totalidad de la documentación necesaria para el otorgamiento de la habilitación solicitada, pese al requerimiento efectuado por Providencia N° 3.502-DGSSP/05, notificada con fecha 7/10/05;

Que ante la inactividad de la peticionante, por Providencia N° 456-DGSSP/06, notificada con fecha 6/3/06, se dispuso el cumplimiento de la notificación ordenada por el art. 22, inc. e), apartado 9 de la Ley de Procedimientos Administrativos;

Que habiendo transcurrido más de treinta días desde el diligenciamiento de la notificación antes señalada, sin que la interesada haya impulsado el procedimiento, corresponde disponer la caducidad del presente trámite conforme lo dispuesto por la norma mencionada precedentemente;

Que además resulta necesario mantener actualizado el Registro de Prestadores de Seguridad Privada, en los términos del artículo 20 de la Ley N° 1.913 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 446/06;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1°

Declárase la caducidad del procedimiento instrumentado en la Carpeta N° 4-DGSSP/03, en el cual tramitara la solicitud de habilitación como prestadora de servicios de...

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