Disposición N° 452/GCABA/DGSP/06

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General de Seguridad Privada
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 452/ GCABA/ DGSP/ 06

MAC SERVICIOS EMPRESARIOS SRL - RENUEVA POR UN AÑO LA HABILITACIÓN PARA DESEMPEÑARSE COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

Buenos Aires, 29/11/2006

Visto las Leyes Nros. 118 (B.O. N° 607), 963 (B.O. N° 1603) y 1.913 (B.O. N° 2363), los Decretos Nros. 1.133/01 (B.O. N° 1260), y 446/06 (B.O. N° 2436), las Disposiciones Nros. 104-DGSSP/03, 201-DGSSP/04 y 393-DGSSP/05, y la Carpeta N° 134-DGSSP/02, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 104-DGSSP/03 de fecha 30/5/03 la empresa Mac Servicios Empresarios S.R.L., con domicilio real en la calle Vedia 2387, 6° piso, depto. B y constituido en la avenida Pueyrredón 1937, 9° piso, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año, para prestar servicios de vigilancia privada y custodias personales (art. 2°, incisos a) y b) de la Ley N° 118), con autorización para el uso de armas, en los términos de las Leyes Nros. 118 y 963 y el Decreto N° 1.133/01;

Que al vencimiento del plazo de dicha habilitación, la firma de referencia solicitó y obtuvo la renovación anual de su habilitación, mediante Disposiciones Nros. 201-DGSSP/04 y 393-DGSSP/05;

Que actualmente, a solicitud de la firma de referencia, se encuentra en trámite la renovación por un nuevo período anual, en los términos del artículo 3°, punto 2, incisos a), b) y c) de la Ley N° 1.913 y de reglamentación aprobada por Decreto N° 446/06, sin autorización de uso de armas;

Que la requirente ha designado director técnico en los términos de los arts. 17 y concordantes de la mencionada ley, al señor Miguel Ángeles Cernadas, DNI 7.704.445;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los arts. 9°, inciso c) y 20 inciso a) de la Ley N° 1.913 y reglamentación aprobada por Decreto N° 446/06;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1.913 y por el Decreto N° 446/06 para concederle la habilitación requerida como prestadora de servicios de seguridad privada, sin autorización de uso de armas y darle de alta en la actividad;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE:

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