Disposición N° 380/GCABA/DGSP/06
Firmantes | Martínez |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 11 de Octubre de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPOSICIÓN N° 380/ GCABA/ DGSP/ 06
VISEG SA - SE LE RENUEVA LA HABILITACIÓN COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
Buenos Aires, 11/10/2006
Visto las Leyes Nros. 118 (B.O. N° 607), 963 (B.O. N° 1603) y 1.913 (B.O. N° 2363), los Decretos Nros. 1.133/01 (B.O. N° 1260), 627/02 (B.O. N° 1470) y 446/06 (B.O. N° 2436), la Disposición N° 224-DGSSP/05 y la Carpeta N° 33-DGSSP/05, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 224-DGSSP/05 de fecha 14/7/05 la empresa Viseg S.A., con domicilio real y constituido en Calle 10 y Antartida Argentina s/N°, Puente 3, P.B., Local 24 D, (Estación Terminal de Ómnibus) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año para prestar servicios de vigilancia privada y custodias personales (art. 2°, incisos a) y b) de la Ley N° 118), sin autorización para el uso de armas, en los términos de las Leyes Nros. 118 y 963 y el Decreto N° 1.133/01;
Que actualmente a solicitud de la firma de referencia, se encuentra en trámite la renovación por un nuevo período anual, en los términos del artículo 3°, punto 2, incisos a), b) y c) de la Ley N° 1.913 y de la reglamentación aprobada por Decreto N° 446/06, sin autorización de uso de armas;
Que la requirente ha designado director técnico en los términos de los arts. 17 y concordantes de la mencionada ley, al señor José Liparoti, DNI 4.623.332;
Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627/02;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los arts. 9°, inciso c) y 20 inciso a) de la Ley N° 1.913 y la reglamentación aprobada por Decreto N° 446/06;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1.913 y por el Decreto N° 446/06 para concederle la habilitación requerida como prestadora de servicios de seguridad privada, sin autorización de uso de armas y darle de alta en la actividad, sin perjuicio de la obligación que le cabe a la solicitante de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 6°, inc. d) de la citada ley y decreto reglamentario, una vez concluido el trámite ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, cuya...
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