Disposición N° 35/GCABA/DGICYD/06

FirmantesLebendiker
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General de Industrias Culturales y Diseño
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DISEÑO

DISPOSICIÓN N° 35/ GCABA/ DGICYD/ 06

LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA N° 1-DGICYD-06 - APRUEBA BASES Y CONDICIONES - SERVICIO DE ALQUILER DE ILUMINACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DISEÑO

Buenos Aires, 11/10/2006

Visto el Expediente N° 64.054/06 y el Decreto-Ley N° 23.354/56 (Ley de Contabilidad) y su Decreto reglamentario N° 5.720-PEN/72 (B.M. del 31/8/72) y sus modificatorios Nros. 383-PEN/73, 825-PEN/88, 826-PEN/88 y 827-PEN/88, vigentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de lo dispuesto por la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539), reglamentada por Decreto N° 1.000/99 (B.O.C.B.A. N° 704), el Decreto N° 943/06 (B.O.C.B.A. N° 2487), la Ley N° 1.218 promulgada por Decreto N° 2.819/03 (B.O.C.B.A. N° 1850), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el precitado expediente, tramita la licitación pública por el Servicio de alquiler de iluminación, con destino a la Dirección General de Industrias Culturales y Diseño, dependiente de la Subsecretaría de Industrias Culturales;

Que dicho servicio será utilizado en el montaje de la Feria de Diseño Dorrego 3, a realizarse entre los días 25 de noviembre al 23 de diciembre de 2006 en el predio El Dorrego;

Que por tener inconvenientes en el Sistema Informático de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) se realiza la presente contratación por fuera de dicho programa;

Que resulta indispensable realizar la misma mediante la modalidad citada en el párrafo precedente, toda vez que el evento en cuestión resulta de gran importancia para esta Dirección General y de interés para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que de no iniciarse la presente contratación de forma inmediata se dilatarían los plazos y no se podría contar con el servicio antes descripto;

Que una vez que se subsane el inconveniente informático, se volcara todo el procedimiento al sistema SIGAF como es de norma para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, obra solicitud de gasto debidamente valorizada de acuerdo a lo establecido en el artículo 61, inciso 30, apartado d) de la Ley de Contabilidad;

Que, obra el pliego de bases y condiciones generales y particulares y de especificaciones técnicas;

Que, resulta procedente adoptar el mecanismo de licitación pública en los...

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