Disposición N° 64/GCABA/DGFYC/06

FirmantesTorres Traba (D.G.A.) - Franceschi - Iacovino (D.G.A.)
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General Fiscalización y Control - Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro - Dirección General de Habilitaciones y Permisos
Fecha de la disposición21 de Abril de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROLDIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRODIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS

DISPOSICIÓN N° 64/ GCABA/ DGFYC/ 06

BIG ONE - SE LE RENUEVA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LUGARES BAILABLES Y SE DETERMINA SU NUEVA CAPACIDAD AUTORIZADA - ALSINA 394-40-44 - PALACIO SA

Buenos Aires, 21/04/2006

Visto el Expediente N° 10.575/05, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) ratificado por Resolución N° 613- LCABA/05 (B.O.C.B.A. N° 2146) y 2/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 16-SSE-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2262) y la Resolución N° 12-SSCC/06,

CONSIDERANDO:

Que en fecha 6/2/06 mediante solicitud obrante a fs. 364 del Expediente N° 10.575/05, el Sr. Luis Alfredo Cersósimo, requiere la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, en virtud de lo dispuesto por el art. 6° de la norma citada, para el local ubicado en la calle Adolfo Alsina 934/40/44, P.B., Sot. y 1° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con nombre de fantasía Big One, que posee habilitación concedida mediante Expediente N° 67.886/02 a nombre de Palacio S.A. en el carácter de Local de Baile Clase C;

Que dicho local se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares bailables bajo el N° 20/05 mediante Disposición Conjunta N° 23-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06 recaída en el mencionado expediente;

Que el informe de inspección del local producido por la Dirección General de Fiscalización y Control y la documentación arrimada por el responsable, es evaluada por la Comisión de Análisis creada por Resolución N° 3-SSCC/05, integrada por representantes de las Direcciones Generales intervinientes;

Que en oportunidad de proceder a su inscripción, se estableció la capacidad fijada en la habilitación original, amparándose en la excepción que prevé el art. 3°, ítem 1, segundo párrafo, del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05;

Que a los efectos de evaluar el recálculo de su capacidad conforme los términos de la Resolución N° 2-SSCC/05 y Resolución N° 11-SSCC/05, se procedió a dar debida intervención a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos;

Que por otra parte mediante Nota N° 212-RPLB/05...

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