Disposición N° 468/GCABA/DGSSP/05
Firmantes | Martínez |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman (a Cargo) |
Emisor | (Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 20 de Diciembre de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPOSICIÓN N° 468/ GCABA/ DGSSP/ 05
BULWARK SECURITY S.R.L. - SE LA HABILITA COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA Y CUSTODIAS PERSONALES
Buenos Aires, 20/12/2005
Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607), modificada por Leyes Nros. 963 (B.O. N° 1603) y 1.262 (B.O. N° 1854), los Decretos Nros. 1.133/01 (B.O. N° 1260) y 627/02 (B.O. N° 1470), y la Carpeta N° 80-DGSSP/05 y,
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada y custodias personales (art. 2°, incisos a) y b) Ley N° 118, modificada por Ley N° 963) oportunamente presentada por Bulwark Security Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio real en Ituzaingó 1628, Don Torcuato, provincia de Buenos Aires y constituido en Escobar 3015 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la requirente ha designado director técnico en los términos de los arts. 14 y concordantes de la mencionada ley, al señor Eduardo Alfredo Pérez Rejón, DNI 5.217.692;
Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627/02;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establece el art. 18, inc. a) de la Ley N° 118;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 118, sus modificatorias y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1.133/01 para concederle la habilitación requerida como prestadora de servicios de seguridad privada, sin autorización de uso de armas y darle de alta en la actividad;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE
SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE:
Concédase a la empresa Bulwark Security Sociedad de Responsabilidad Limitada, por el término de un año a partir del día de la fecha, la habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada y custodias personales sin autorización de uso de armas, en los términos de la Ley N° 118 y sus modificatorias, y su reglamentación...
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