Disposición N° 468/GCABA/DGSSP/05

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoJorge Telerman (a Cargo)
Emisor(Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 468/ GCABA/ DGSSP/ 05

BULWARK SECURITY S.R.L. - SE LA HABILITA COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA Y CUSTODIAS PERSONALES

Buenos Aires, 20/12/2005

Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607), modificada por Leyes Nros. 963 (B.O. N° 1603) y 1.262 (B.O. N° 1854), los Decretos Nros. 1.133/01 (B.O. N° 1260) y 627/02 (B.O. N° 1470), y la Carpeta N° 80-DGSSP/05 y,

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada y custodias personales (art. 2°, incisos a) y b) Ley N° 118, modificada por Ley N° 963) oportunamente presentada por Bulwark Security Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio real en Ituzaingó 1628, Don Torcuato, provincia de Buenos Aires y constituido en Escobar 3015 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la requirente ha designado director técnico en los términos de los arts. 14 y concordantes de la mencionada ley, al señor Eduardo Alfredo Pérez Rejón, DNI 5.217.692;

Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627/02;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establece el art. 18, inc. a) de la Ley N° 118;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 118, sus modificatorias y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1.133/01 para concederle la habilitación requerida como prestadora de servicios de seguridad privada, sin autorización de uso de armas y darle de alta en la actividad;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE

SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1°

Concédase a la empresa Bulwark Security Sociedad de Responsabilidad Limitada, por el término de un año a partir del día de la fecha, la habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada y custodias personales sin autorización de uso de armas, en los términos de la Ley N° 118 y sus modificatorias, y su reglamentación...

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