Disposición N° 438/GCABA/DGSSP/05

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 438/ GCABA/ DGSSP/ 05

ACYR S.A. - SE LE RENUEVA LA HABILITACIÓN COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA Y CUSTODIAS PERSONALES, CON AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS

Buenos Aires, 30/11/2005

Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607) y sus modificatorias, los Decretos N° 1.133/01 (B.O. N° 1260) y N° 627/02 (B.O. N° 1470), las Disposiciones N° 27-DGSSP/02, N° 261-DGSSP/03, y N° 321-DGSSP/04, y la Carpeta N° 196-DGSSP/02, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 027-DGSSP/02 de fecha 7 de noviembre de 2002, la empresa Acyr S.A., con domicilio real en avenida Maipú 821, piso 1°, Ofic. A, Vicente López, Pcia. de Buenos Aires y constituido en Paroissien 4170, Piso 6°, Ofic. B de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año, para prestar servicios de vigilancia privada y custodias personales (art. 2°, incisos a) y b) de la Ley N° 118), con autorización para el uso de armas, en los términos de las Leyes Nros. 118 y 963 y el Decreto N° 1.133/01;

Que al vencimiento del plazo de dicha habilitación, la firma de referencia solicitó y obtuvo la renovación anual de su habilitación, mediante las Disposiciones N° 261-DGSSP/03 y N° 321-DGSSP/04;

Que actualmente, a solicitud de la firma de referencia, se encuentra en trámite la renovación por un nuevo período anual, habiendo completado la documentación pertinente con fecha 23/11/05;

Que la requirente ha designado director técnico en los términos de los arts. 14 y concordantes de la mencionada ley, al señor Carlos Alberto Elía, LE 7.767.483;

Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627/02;

Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como usuario colectivo, conforme Dictamen N° UC-13.331 de fecha 24/2/03, recaído en Legajo/Expediente N° 9.760.978 del Registro Nacional de Armas;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establece el art. 18, inc. a) de la Ley N° 118;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por las Leyes Nros. 118 y 963 y por el Decreto N° 1.133/01, para concederle la renovación...

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