Disposición N° 337/DGDIYDP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N337/DGDIYDP/19
Buenos Aires, 4 de octubre de 2019
VISTO: La Ley 3301 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 58/2011, la
Resolución 1679/MSGC/2019 y el Expediente Nº EX-2019-20177594- -GCABA-
DGDIYDP; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3301 sobre Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en
Salud, establece el régimen para la actividad de investigación en salud con seres
humanos, de conformidad con la Ley Básica de Salud Nº 153 (Texto consolidado por
Ley N° 6.017);
Que, el artículo 2 de la mencionada Ley prevé como ámbito de aplicación los
subsectores públicos y privados del sistema de salud de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el artículo 25 del mismo cuerpo legal establece que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de aplicación de la citada norma;
Que mediante el Decreto Nº 58/2011 se aprobó la reglamentación de la Ley 3301
(Texto consolidado por Ley N° 6.017) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26
de la misma;
Que a través de la Resolución N° 1679/MSGC/2019 se creó la Plataforma de Registro
Informatizado de Investigaciones en Salud de la Ciudad de Buenos Aires (PRIISA.BA),
estableciendo la misma como único sistema de Registro Centralizado de
Investigaciones en Salud de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en la mencionada Resolución se delegó en la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional la aprobación de los aspectos operativos para la
implementación de la PRIISA.BA;
Que desde junio de 2019 en adelante se han realizado capacitaciones referidas a la
utilización de la misma destinadas a los Comités de Ética públicos y privados,
investigadores y patrocinadores;
Que, si bien es preciso prever un tiempo considerable de transición hacia la
implementación definitiva de la plataforma, resulta necesario establecer la fecha en
que la misma resultará de utilización obligatoria para todos los actores involucrados en
la actividad;
Que, en virtud de las especiales características que diferencian a la investigación
patrocinada, de aquella que se realiza sin financiamiento, corresponde prever fechas
diferentes de utilización obligatoria.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 4 de la Resolución N°
1679/MSGC/2019,
LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA,
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5730 - 29/10/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR