Disposición Nº 622/2011

Fecha de disposición06 Octubre 2011
Fecha de publicación05 Diciembre 2011
SecciónDisposiciones

Bs. As., 6/10/2011

VISTO el Expediente Nº 1.092.197/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.403.912/10 (agregado al principal como foja 593), y fojas 595/599, obran los Acuerdos celebrados por la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) por la parte empleadora, y la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (U.P.C.N.), el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA EX CAJA DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA EL PERSONAL DE LA INDUSTRIA (S.E.C.A.S.F.P.I.), la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE PREVISION SOCIAL (A.P.O.P.S.) y la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), por la parte trabajadora, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante los mentados Acuerdos las partes, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 305/98 “E”, la creación de la Comisión de Igualdad de Oportunidades y de Trato, conforme los detalles allí impuestos, y un esquema de premio en reconocimiento a la trayectoria en la institución, a abonarse a partir del mes de enero de 2011.

Que el ámbito territorial y personal de los mismos se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de las Entidades Sindicales firmantes, emergentes de sus Personerías Gremiales.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le compete, como asimismo lo ha hecho la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados. Una vez ello, procede la remisión de las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme con lo dispuesto por el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 2004).

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.), por la parte empleadora, y la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (U.P.C.N), el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA EX CAJA DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA EL PERSONAL DE LA INDUSTRIA (S.E.C.A.S.F.P.I), la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMO DE PREVISION SOCIAL (A.P.O.P.S.) y la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), por la parte trabajadora, obrante a fojas 2/4 del expediente 1.403.912/10 (agregado al principal como fojas 593), conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.), por la parte empleadora, y la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (U.P.C.N), el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA EX CAJA DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA EL PERSONAL DE LA INDUSTRIA (S.E.C.A.S.F.P.I), la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMO DE PREVISION SOCIAL (A.P.O.P.S.) y la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), por la parte trabajadora, obrante a fojas 595/599 1.092.197/04, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3º

— Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrantes a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.403.912/10 (agregado como fojas 593 al principal), y fojas 595/599 del Expediente Nº 1.092.197/04.

ARTICULO 4º

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º

— Notifíquese...

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