Disposición N° 335/GA/19

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 335/GA/19
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2019
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley 2095 (Texto
Consolidado por Ley 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/2019, normas
complementarias, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3-ERSP/2014 del 6 de marzo de 2014, el
expediente N°: EX-2019-00008882-EURSPCABA, y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería
jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, por los presentes actuados se tramita la Licitación Pública N°: 05/2019 para la
Contratación de un Servicio Médico Integral Laboral, con destino al Organismo;
Que, por Disposición Nº 282 de fecha 21 de octubre de 2019 el Gerente de
Administración autorizó la contratación respectiva;
Que, tal como luce en el Acta de Apertura de fecha 30 de octubre de 2019, se
recibieron seis (6) ofertas correspondientes a las firmas CENTRO MEDICO
INTEGRAL BUENOS AIRES S.R.L., CENTRO MEDICO INTEGRAL FITZ ROY S.A.,
ALFAMEDICA MEDICINA INTEGRAL S.R.L., CITY MEDICAL SERVICE S.A., RIO
VARADERO S.A. y ALFA MEDIC SRL;
Que, la Comisión Evaluadora de Ofertas cumplimentó el Cuadro Comparativo de
Precios que ordena la reglamentación;
Que, la Comisión Evaluadora de Ofertas emitió el Acta correspondiente, exhibida en la
cartelera del organismo el día 27 de noviembre de 2019;
Que, la Comisión Evaluadora de Ofertas desestima la oferta N°4 por no cumplir con lo
establecido en los artículos N°12.7 y N°20 del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares;
Que, la Comisión Evaluadora de Ofertas preadjudicó a la firma ALFAMEDICA
MEDICINA INTEGRAL S.R.L., por la suma de pesos UN MILLON TRESCIENTOS
CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA con 00/100 ($1.341.760,00.-);
Que, analizando las ofertas y teniendo en cuenta lo dictaminado por la Comisión
Evaluadora de Ofertas, se considera como la oferta más conveniente la de
ALFAMEDICA MEDICINA INTEGRAL S.R.L., por ser la oferta admisible de menor
precio;
Que la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;
Que, las atribuciones para el dictado del presente acto emergen del Artículo 11 inc. i)
de la Ley 210, la Ley 2095 (Texto Consolidado por Ley 6.017), su Decreto
Reglamentario Nº 168/GCABA/2019, y la Resolución del Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3-ERSP/2014;
Por ello,
EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN
DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5763 - 17/12/2019

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