Disposición N° 340/GCABA/DGCCA/05

FirmantesMartínez-Vispo-(A/C)
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General Control de la Calidad Ambiental
Fecha de la disposición10 de Febrero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

DISPOSICIÓN N° 340/ GCABA/ DGCCA/ 05

CÉSAR SÁNCHEZ: SE LE CANCELA EL REGISTRO DE ACTIVIDADES N° 329 DE EMPRESAS PRIVADAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE

Buenos Aires, 10/02/2005

Visto los términos de la Ordenanza N° 45.593, el Decreto Reglamentario N° 2.045/93 y el Expediente N° 51.088/96;

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto se inscribió bajo el número 329 del registro de actividades correspondiente a empresas privadas de desinfección y limpieza de tanques de agua potable, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 45.593 y su Decreto Reglamentario N° 2.045/93, a la empresa César Sánchez, propiedad de César Sánchez, con domicilio en la calle Tres Lomas 623 P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por el Antecedente N° 1 del citado Expediente N° 51.088/96 de 30 de mayo de 2001, se presentó el Sr. César Sánchez, en su carácter de titular de la empresa César Sánchez solicitando la reinscripción de la empresa en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Limpieza de Tanques de Agua Potable;

Que, del análisis de los actuados mencionados en el visto surgió claramente que la inscripción correspondiente a la precitada empresa bajo el número 329 se encuentra vencida, atento que la misma no ha dado debido cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza N° 45.593 y su Decreto Reglamentario N° 2.045/93 respecto al trámite de reinscripción;

Que, mediante el dictado de la Disposición N° 1.342-DGCCA/04 notificada el 27 de diciembre de 2004, se intimó a la empresa César Sánchez a que en el perentorio plazo de quince días de notificada exhiba el Libro de Registro de Actividades Diarias en la Dirección General Control de la Calidad Ambiental, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de proceder a la cancelación del registro respectivo;

Que, habiendo vencido el plazo otorgado y verificado el incumplimiento a lo intimado mediante la Disposición N° 1.342-DGCCA/04, corresponde hacer...

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