Disposición N° 4/GCABA/DGFFAM/05

FirmantesGuerin
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Dirección General de Fortalecimiento Familiar
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR

DISPOSICIÓN N° 4/ GCABA/ DGFFAM/ 05

DOTACIÓN DE PERSONAL - TAREAS - ENCOMIENDA A DISTINTOS AGENTES INDIVIDUALIZAR BIENES DEPOSITADOS EN UN ESTABLECIMIENTO - ROOSEVELT Y AV. DE LOS CONSTITUYENTES - GUARDA - DEPÓSITO - PROVISORIO DE MUEBLES Y OBJETOS - FAMILIAS EN SITUACIÓN DE CALLE - ALOJADOS EN HOTELES

Buenos Aires, 06/05/2005

Visto el Expediente N° 63.654/04, Decreto N° 106-GCABA/05 (B.O.C.B.A. N° 2122), la Ordenanza N° 27.562-CJD/73 (B.M. N° 14.509) y;

CONSIDERANDO:

Que por la modificación de la estructura organizativa de la Secretaría de Desarrollo Social, dispuesta mediante Decreto N° 106-GCABA/05 (B.O.C.B.A. N° 2122), el depósito de Av. Roosevelt quedó en la órbita de la Dirección General de Fortalecimiento Familiar;

Que el precitado inmueble, estuvo destinado exclusivamente a la guarda, en custodia provisoria de muebles y objetos varios pertenecientes a familias que resultaron en situación de calle, en el marco de la crisis socioeconómica que atravesó nuestro país durante los años 2001/2002;

Que asimismo parte de las familias y/o personas en situación de calle, fueron alojadas en hoteles, otorgándose una prestación accesoria que fue la de salvaguardar los bienes que poseían antes de quedarse sin techo, y a efectos de evitarles mayores pérdidas materiales en el marco de necesidad y urgencia del lanzamiento operado;

Que superada en alguna medida la mencionada crisis, parte de los beneficiarios de los programas sociales pudieron realizar el retiro de sus bienes personales, y otros nunca volvieron a solicitar las cosas dejadas, contexto éste, que pone a los bienes en situación de abandono en un sitio de dominio público;

Que la Ordenanza N° 27.562-CJD/73 B.M. N° 14.509 publicada el 27 de marzo de 1973 dispone en su artículo 1° el procedimiento aplicable con relación a los bienes inanimados que ingresan a depósitos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por abandono o pérdida en sitios de dominio público o en razón de la desocupación de edificios dispuesta por la autoridad municipal;

Que la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires efectuó observaciones respecto a las condiciones edilicias del referido depósito, debiendo procederse a la desocupación de los bienes dejados oportunamente, para efectuar las pertinentes refacciones;

Que, por otro lado...

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