Disposición N° 82/GCABA/DGSSP/05
Firmantes | Martínez |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 28 de Abril de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPOSICIÓN N° 82/ GCABA/ DGSSP/ 05
HABILITACIONES Y PERMISOS - AGENCIA DE INVESTIGACIONES Y HABILITACIONES Y PERMISOS - SEGURIDAD PRIVADA SOS S.R.L. - SE LE RENUEVA LA HABILITACIÓN COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA Y CUSTODIAS PERSONALES, CON AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS
Buenos Aires, 28/04/2005
Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607) y sus modificatorias, los Decretos N° 1.133-GCABA/01 (B.O. N° 1260) y N° 627-GCABA/02 (B.O. N° 1470), la Disposición N° 216 -DGSSP/03 y la Carpeta N° 341-DGSSP/02 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 216-DGSSP/03 de fecha 23 de septiembre de 2003, la empresa Agencia de Investigaciones y Seguridad Privada SOS S.R.L., con domicilio real y constituido en Anchorena 1853, piso 11, oficina A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año, para prestar servicios de vigilancia privada y custodias personales, con autorización para el uso de armas, en los términos de las Leyes Nros. 118 y 963 y el Decreto N° 1.133-GCABA/01;
Que con fecha 25 de octubre de 2004 la firma antes mencionada, solicitó la renovación de su habilitación, pero sin acompañar la totalidad de la documentación necesaria para dicho trámite, la cual recién fue completada con fecha 23 de marzo de 2005;
Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos de los arts. 14 y concordantes de la mencionada ley, al señor Héctor Alfredo Robacio, DNI 5.154.631;
Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627-GCABA/02;
Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como usuario colectivo, conforme Dictamen N° 9.612 de fecha 12/4/00, recaído en Legajo/Expediente N° 9.760.673 del Registro Nacional de Armas;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la renovación de la habilitación de la firma interesada, conforme lo establece el art. 18 inc. a) de la Ley N° 118;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por las Leyes Nros. 118 y 963 y por el Decreto N° 1.133-GCABA/01, para concederle la renovación solicitada;
Por ello, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 118, modificada por Ley N° 963 y su Decreto...
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