Disposición N° 16/GCABA/DGTES/05

FirmantesVaresi
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General de Tesorería
Fecha de la disposición15 de Marzo de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA

DISPOSICIÓN N° 16/ GCABA/ DGTES/ 05

ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO RESPECTO A CHEQUES RECHAZADOS - LIBRADOR - TASAS DE INTERÉS - RECHAZO - RECOBRO - LEY NACIONAL DE CHEQUES 24.452

Buenos Aires, 15/03/2005

Visto las recomendaciones efectuadas por la Auditoría Interna, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, referidas a los cheques rechazados; y a la Nota N° 88/05 del Banco Ciudad de Buenos Aires que dispone que la tasa de interés que debe considerarse para obrar de acuerdo a lo que establece la Ley de Cheques N° 24.452 corresponde a una T.N.A. 35%, y

CONSIDERANDO:

Que el presente caso encuadra dentro de lo establecido por el art. 41 incs.1°, 2° y 3° de la Ley de Cheques N° 24.452, es por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE TESORERÍA

DISPONE:

Artículo 1°

Todo cheque rechazado deberá ser comunicado inmediatamente al librador del mismo, el cual tendrá que reintegrar el importe del cheque, como así también los intereses que se devenguen desde el momento del depósito hasta la fecha efectiva del recobro. Siendo la tasa aplicable: T.N.A. 35 % (vigente desde el 21/7/04).

Artículo 2°

Además, deberá abonar los gastos que origine la puesta en conocimiento del rechazo del...

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