Disposición N° 1/GCABA/DGCG/05

FirmantesGamero
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General de Contaduría
Fecha de la disposición 3 de Enero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE CONTADURÍA

DISPOSICIÓN N° 1/ GCABA/ DGCG/ 05

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA - PROCEDIMIENTO - DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA DE LAS OPERACIONES REGISTRADAS EN EL SIGAF QUE AVALE LA EMISIÓN DE UNA ORDEN DE PAGO.

Buenos Aires, 03/01/2005

Visto, la puesta en vigencia para el ejercicio 2005 del SIGAF (Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera) y la competencia asignada a la Dirección General de Contaduría por la Ley N° 70 (B.O. N° 539) de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adecuar determinados procedimientos administrativos por las modificaciones que introduce el sistema informático;

Que por Decreto N° 2.302/04 se establece que la Dirección General de Contaduría es el organismo competente para la recepción, registración y aplicación de las cesiones de crédito presentadas por acreedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha modificación permite cambiar y reducir el trámite procesal del documento pago;

Que la Dirección General de Contaduría es competente por el Artículo 115 inciso i) de la Ley N° 70 (B.O. N° 539) de Gestión, Administración Financiera y Control de Sector Público, para mantener el archivo general de la documentación financiera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA

DISPONE:

Artículo 1°

La documentación respaldatoria de las operaciones registradas en el SIGAF que avale la emisión de una Orden de Pago, será remitida por el sector que se indica en el Anexo I directamente al Archivo dependiente del Departamento Mesa de Entradas de esta Dirección.

Artículo 2°

A la documentación respaldatoria se le deberá adjuntar el duplicado de la Orden de Pago emitida, suscripto por el responsable del sector emisor y director de área, de corresponder.

Artículo 3°

Dicha documentación se registrará en el SUME con indicación de la cantidad de folios que contiene, incluido el duplicado de la Orden de Pago, remitiéndose directamente al Sector 187 (Archivo) para su resguardo en forma correlativa.

Artículo 4°

Se remitirá a la Dirección General de Tesorería el original de la Orden de Pago firmada por el Director General o Director General Adjunto o los Delegados en el Teatro Colón y en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR