Disposición N° 1933/GCABA/SJYSU/04
Firmantes | Martínez-Vispo |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Conjuntas: - Dirección General Control de la Calidad Ambiental - (Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana |
Fecha de la disposición | 8 de Noviembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANADIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPOSICIÓN N° 1933/ GCABA/ SJYSU/ 04
FUMIGACIONES LOMAR - REINSCRIBE EN EL REGISTRO DE DIRECTORES TÉCNICOS DE EMPRESAS PRIVADAS DE DESINFESTACIÓN Y DESINFECCIÓN
Buenos Aires, 08/11/2004
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 23.591/00 Ant. 2;
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente mencionado en el Visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Ana Lamberti, con domicilio en la calle Blanco Encalada 3621 P. 1° D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de desinfección y desratización; reparaciones y mantenimiento de edificios y sus partes, otorgada por el Expediente N° 8.748/00 a nombre de Ana Lamberti;
Que, la requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Julio Isaac Virkel, DNI CI 6.752.454, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el N° 1.012;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3, 2.2.3.4 y 2.2.3.5 del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 2.919 del cual surge que Ana Lamberti no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE...
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