Disposición N° 38/GCABA/SIYP/04

FirmantesLopatín
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: (Ex) Dirección General de Planeamiento Interpretativo - (Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento
Fecha de la disposición 4 de Marzo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTODIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO

DISPOSICIÓN N° 38/ GCABA/ SIYP/ 04

AUTORIZA, URBANÍSTICAMENTE, LA ACTIVIDAD ESTACIÓN DE TRANSPORTE URBANO, EN EL PREDIO SITO EN LA AV. MONTES DE OCA 1916/88 Y CALLE RÍO CUARTO 1496 AL 1630, P.B. Y 1° PISO - AUTORIZACIÓN DE LOCALIZACIÓN DE USOS - USO ESTACIÓN INTERMEDIA DE TRANSPORTE URBANO AUTOMOTOR - ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS Y COLECTIVOS DE MEDIA DISTANCIA - USO CASA PARA FIESTAS PRIVADAS - DISTRITO C31 - DISTRITO I1 - SIN RELEVANTE EFECTO

Buenos Aires, 04/03/2004

Visto que por Expediente N° 45.529/2002, se consulta sobre la posible localización en el inmueble sito en la Av. Montes de Oca 1916/88 y calle Río Cuarto 1496 al 1630 P.B. y piso 1°, con una superficie total de 21.196,42 m², el rubro Estación Intermedia de transporte urbano automotor y Estación Terminal de ómnibus y colectivos de media distancia, con abastecimiento de combustible (gas-oil) y taller mecánico, ambos para vehículos propios como actividad complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un predio con frente a dos calles y dos distritos que responden al I1 y al C3I de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449);

Que de acuerdo al informe producido por la Supervisión de Interpretación Urbana la localización solicitada, cumple con los parámetros de evaluación dispuestos para dicho uso;

Que el CoPUA por Informe N° 836/CoPUA/2003 ha indicado que para este caso en particular se permitirá la ocupación total del predio y que no será de aplicación el parágrafo 4.2.7.2 del Código de Planeamiento Urbano dado la conformación parcelaria y de la manzana en cuestión;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE

PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO

DISPONE:

Artículo 1°

Autorízase desde el punto de vista urbanístico en el predio sito en la Av. Montes de Oca 1916/88 y calle Río Cuarto 1496 al 1630 P.B. y piso 1°, la localización de las actividades Estación intermedia de transporte urbano automotor y Estación terminal de ómnibus y colectivos de media distancia, con abastecimiento de combustible (gas-oil) y taller mecánico, ambos para vehículos propios que se encuentren registrados para dicho predio y como actividades complementarias al uso principal otorgado.

Artículo 2°
...

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