Disposición N° 83/GCABA/SDE/03
Firmantes | Sánchez |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Conjuntas: (Ex) Dirección General de Industria y Comercio - (Ex) Secretaría de Desarrollo Económico |
Fecha de la disposición | 30 de Octubre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICODIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DISPOSICIÓN N° 83/ GCABA/ SDE/ 03
DESESTIMA EL PROYECTO PRESENTADO POR LA EMPRESA UBATEC S.A., EN EL MARCO DEL CONCURSO CAPITAL PYMES 2003 - INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS DEBIDO A LA FALTA DE SUSCRIPCIÓN DEL ACTA ACUERDO DE PROMOCIÓN - PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES - DESESTIMACIÓN DE PROYECTOS
Buenos Aires, 30/10/2003
Visto los Decretos Nros. 430/GCBA/2002 y 118/GCBA/2003, las Resoluciones Nros. 177/SDE/2003 y 184/SDE/2003, la Disposición N° 43/DGICOM/2003 y el Expediente N° 31.845/2003,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 118/GCBA/2003 se creó el Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores;
Que por la Resolución N° 177/SDE/2003 se convocó al Concurso Capital PyMEs 2003 destinado a subsidiar proyectos de pequeñas y medianas empresas residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, orientados a la sustitución de importaciones y/o al incremento de exportaciones;
Que mediante la Resolución N° 184/SDE/2003 se extendió el plazo para la presentación de los proyectos de las empresas interesadas en participar del concurso;
Que esta Dirección General fue designada, por Resolución N° 177/SDE/2003, como Autoridad de Aplicación y Unidad Ejecutora del Concurso Capital PyMEs 2003;
Que por la misma Resolución se aprobaron las bases y condiciones del Concurso y metodología para la aprobación de los proyectos;
Que la Resolución precitada establece para el otorgamiento del beneficio objeto del concurso, que las empresas cuyos proyectos resulten seleccionados, deben suscribir un Acta Acuerdo de Promoción; efectivizándose el desembolso del beneficio con posterioridad a la firma de la misma;
Que de la evaluación realizada conforme lo establecido por el Art. 2° de la Resolución N° 177/SDE/2003, cuarenta y seis empresas fueron seleccionadas, entre ellas Ubatec S.A.;
Que la misma norma dispone, que cualquier incumplimiento de las condiciones establecidas para este concurso, dará lugar a la desestimación del proyecto presentado;
Que por Cédula...
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