Disposición N° 83/GCABA/SDE/03

FirmantesSánchez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: (Ex) Dirección General de Industria y Comercio - (Ex) Secretaría de Desarrollo Económico
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICODIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DISPOSICIÓN N° 83/ GCABA/ SDE/ 03

DESESTIMA EL PROYECTO PRESENTADO POR LA EMPRESA UBATEC S.A., EN EL MARCO DEL CONCURSO CAPITAL PYMES 2003 - INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS DEBIDO A LA FALTA DE SUSCRIPCIÓN DEL ACTA ACUERDO DE PROMOCIÓN - PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES - DESESTIMACIÓN DE PROYECTOS

Buenos Aires, 30/10/2003

Visto los Decretos Nros. 430/GCBA/2002 y 118/GCBA/2003, las Resoluciones Nros. 177/SDE/2003 y 184/SDE/2003, la Disposición N° 43/DGICOM/2003 y el Expediente N° 31.845/2003,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 118/GCBA/2003 se creó el Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores;

Que por la Resolución N° 177/SDE/2003 se convocó al Concurso Capital PyMEs 2003 destinado a subsidiar proyectos de pequeñas y medianas empresas residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, orientados a la sustitución de importaciones y/o al incremento de exportaciones;

Que mediante la Resolución N° 184/SDE/2003 se extendió el plazo para la presentación de los proyectos de las empresas interesadas en participar del concurso;

Que esta Dirección General fue designada, por Resolución N° 177/SDE/2003, como Autoridad de Aplicación y Unidad Ejecutora del Concurso Capital PyMEs 2003;

Que por la misma Resolución se aprobaron las bases y condiciones del Concurso y metodología para la aprobación de los proyectos;

Que la Resolución precitada establece para el otorgamiento del beneficio objeto del concurso, que las empresas cuyos proyectos resulten seleccionados, deben suscribir un Acta Acuerdo de Promoción; efectivizándose el desembolso del beneficio con posterioridad a la firma de la misma;

Que de la evaluación realizada conforme lo establecido por el Art. 2° de la Resolución N° 177/SDE/2003, cuarenta y seis empresas fueron seleccionadas, entre ellas Ubatec S.A.;

Que la misma norma dispone, que cualquier incumplimiento de las condiciones establecidas para este concurso, dará lugar a la desestimación del proyecto presentado;

Que por Cédula...

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