Disposición N° 203/GCABA/DGSSP/03
Firmantes | Rizzo |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 2 de Septiembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPOSICIÓN N° 203/ GCABA/ DGSSP/ 03
CONCEDE HABILITACIÓN POR UN AÑO A LA FIRMA SEGURIDAD ARGENTINA S.A. PARA PRESTAR SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA -HABILITACIÓN DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA - SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA - CUSTODIAS PERSONALES - INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE SEGURIDAD PRIVADA
Buenos Aires, 02/09/2003
Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607), modificada por Ley N° 963 (B.O. N° 1603) su Decreto Reglamentario N° 1.133/GCABA/01 (B.O. N° 1260), el Decreto N° 627/GCBA/02 (B.O. N° 1470) y la Carpeta N° 43/DGSSP/02 y,
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada, de custodias personales y de custodia y transporte de bienes y valores, (Art. 2°, incisos a), b) y c) Ley N° 118, conforme texto anterior) oportunamente presentada por Seguridad Argentina S.A., con domicilio real y constituido en Catamarca 962 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en la actualidad y en virtud de las disposiciones de la Ley N° 963 (B.O. N° 1603), modificatoria de la Ley N° 118, las categorías que se encuentran vigentes son: vigilancia privada y custodias personales (Art. 2°, Incs. a) y b) de la referida Norma Legal), resultando procedente en consecuencia adecuar en tal sentido el requerimiento formulado por la presentante;
Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos de los Arts. 14 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Jorge Terrado, LE 3.253.174;
Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como Usuario Colectivo, conforme Dictamen N° UC-11.584 de fecha 26/7/01, recaído en Legajo/Expediente N° 9.760.305 del Registro Nacional de Armas;
Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627/GCBA/2002;
Que en atención a lo manifestado precedentemente, resulta pertinente otorgar a Seguridad Argentina S.A. la habilitación de la actividad como prestadora de servicios de seguridad privada;
Que por otra parte, el inicio de la actividad habilitada estará sujeto a la presentación de las altas de personal y de objetivos protegidos, en los términos exigidos por el Art. 8° Incs. d) y e) y el Art. 11 del texto legal de aplicación y al...
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