Disposición N° 33/DGPSE/22

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición27 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 33/DGPSE/22
Buenos Aires, 22 de julio de 2022
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley N.° 6.292
(texto consolidado por Ley N.° 6.347); el Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 1-
GCABA/20, sus modificatorios; los Decretos N.° 578-GCABA/16, N.° 463-GCABA/19 y
modificatorios, N.° 429- GCABA/13, N.° 147/GCABA/20 y sus modificatorios; las
Resoluciones N.° 2940/MCGC/21 y N.° 2011-GCABA-MCGC/22; el Expediente
Electrónico N° 23263744-GCABA-DGPSE/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32
establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras.
Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión (...); impulsa la formación
artística y artesanal (...); procura la calidad y jerarquía de las producciones artísticas e
incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las manifestaciones
de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y trabajadores y sus
entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y difunde su identidad
pluralista y multiétnica y sus tradiciones";
Que la Ley de Ministerios N.° 6.292 (texto consolidado por Ley N.° 6.347), artículo 2°,
establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Cultura;
Que por el Decreto N.° 463-GCABA/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplando a la Dirección General de Planificación y Seguimiento
bajo la órbita del Ministerio de Cultura, y estableciendo dentro de sus
responsabilidades primarias las de “coordinar la relación del Ministerio con actores
públicos y privados del ámbito cultural”, entre otras;
Que mediante la Resolución N.° 2940/MCGC/21 oportunamente se creó el Programa
"Abasto Barrio Cultural - Abasto Abierto”, con el objetivo de fomentar la actividad
cultural e identidad del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en todas sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de
artistas, creadores y gestores en el marco de la pandemia por el virus COVID-19
(Coronavirus) hacia esquemas en transición gradual hacia la plena presencialidad en
observancia de los protocolos de emergencia sanitaria vigentes en el futuro;
Que por la Resolución N.° 2011/MCGC/22 se modificó la denominación del citado
programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año
2022;
Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y
Seguimiento será la autoridad de aplicación del Programa, estando facultada para
instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a la consecución
de los propósitos y objetivos del mentado programa y dentro de sus alcances
programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas
necesarias para su implementación;
Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 1/GCABA/20 y sus prórrogas, se
declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6427 - 27/07/2022

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