Disposición N° 33/DGIUR/20

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición16 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 33/DGIUR/20
Buenos Aires, 13 de enero de 2020
VISTO: El Expediente Nº 25751347/19, el Código Urbanístico aprobado por Ley N°
6.099, el Decreto N° 99/GCABA/19 y el Código de Edificación aprobado por Ley Nº
6.100,
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita una consulta de factibilidad patrimonial para el
inmueble sito en la Av. Callao 1601, 1607, 1609, 1611, 1615, esq. Vicente López 1791,
1799, Nomenclatura Catastral: s007-m008-p014 para las obras declaradas en "Plano
de obras ejecutadas sin permiso reglamentarias" con destino "Vivienda multifamiliar",
con una superficie de terreno de 257,71m2, una superficie cubierta de 2072,45m2 y
una superficie a regularizar de 58,33m2, según PLANO-2019-25751340-GCABA-
DGROC;
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que mediante la Ley N° 6100 se aprobó el Código de Edificación de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que al respecto, el Código Urbanístico regula en el Artículo 3.7 del Anexo II las Áreas
de Protección Histórica Especificas de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose el
inmueble del motivo en el área APH 50, Zona 2 y está sujeto al cumplimiento de las
normas generales dispuestas en el punto 3.7.37 del mencionado Anexo II;
Que, asimismo, el Código Urbanístico regula en el Título 9 la Protección Patrimonial,
encontrándose el inmueble en cuestión, catalogado con Nivel de Protección
"Estructural" de acuerdo a lo dispuesto en el punto 9.1.2.2 Criterios de Valoración y el
punto 9.1.3.2.2 Protección Especial Edilicia;
Que el Código de Edificación regula en el Artículo 3.2 las pautas de preservación
patrimonial para inmuebles catalogados y los Grados de Intervención de acuerdo al
Nivel de Protección Edilicia de los mismos, siendo de aplicación en el presente caso
los Grados 1 a 2;
Que, mediante PLANO-2019-25751340-GCABA-DGROC: plano de propuesta que
involucra plantas, cortes, vistas; se incorpora la documentación respecto del proyecto
que se consulta;
Que las superficies a regularizar corresponden a una ampliación de la Unidad
Funcional en el nivel 9, sobre los retiros existentes, y a un volumen incorporado en el
nivel de azotea, retirado aproximadamente 1,95 m de la Línea Oficial, compuesto por
dos locales y un baño, y que no resulta visible desde la vía pública;
Que por Dictamen Nº 36902403/DGIUR/2019 la Gerencia Operativa Patrimonio
Arquitectónico y Urbano indica que se deberán considerar que las obras a regularizar
corresponden a intervenciones realizadas con anterioridad a la evaluación patrimonial
efectuada por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, según se observa en la
Ficha de Catalogación (IF-2019-36901380-GCABA-DGIUR), por lo que las mismas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5781 - 16/01/2020

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