Disposición N° 12/GCABA/MGESYA/01

FirmantesBarales
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo
Fecha de la disposición28 de Junio de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE MESA GENERAL DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

DISPOSICIÓN N° 12/ GCABA/ MGESYA/ 01

DISPONE PROCEDIMIENTO PARA EXPEDIENTES ORIGINADOS EN LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD QUE INGRESEN AL PODER EJECUTIVO - DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES

Buenos Aires, 28/06/2001

DISPONESE PROCEDIMIENTO PARA EXPEDIENTES ORIGINADOS EN LA LEGISLATURA DE LA C.A.B.A. QUE INGRESEN AL GOBIERNO DE LA CIUDAD

VISTO las normativas vigentes sobre Registros y Circulación de documentación administrativa en el ámbito del G.C.B.A., Decreto N° 1510 del 27/10/97 B.O. N° 310, Ordenanza N° 35.711 - A.D. 221.18 y las disposiciones complementarias contenidas en el Decreto N° 301 del 22/3/96 - B.M. N° 20.260 y,

CONSIDERANDO:

Que, por la citada normativa y para agilizar los procedimientos administrativos que se realicen entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, resulta necesario coordinar adecuadamente los circuitos de tramitación de toda la documentación que a tal efecto, ingrese en los ámbitos citados.

Que, en mérito a lo expuesto y en uso de las facultades que le son propias;

LA DIRECTORA GENERAL

DE MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO

DISPONE:

Artículo 1°

Todo expediente originado en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires que ingrese para su tramitación al ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será ingresado en la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Políticas e Institucionales como Registro.

Artículo 2°

Las actuaciones ingresarán y circularán dentro del ámbito del Poder Ejecutivo manteniendo la numeración conferida por el Poder Legislativo y bajo la denominación Expediente Legislativo (EL), sigla con la cual serán ingresadas al Sistema Unico de Mesa de Entradas (SUME), a los fines de efectuar el seguimiento administrativo correspondiente.

Artículo 3°

Al momento de ingreso de la actuación a la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales la misma, procederá a fotocopiar íntegramente el contenido del expediente Legislativo. Dichas fotocopias deberán certificarse por autoridad administrativa. Las mismas junto con la nota de elevación al Organismo que deba intervenir en primera instancia, conformarán el cuerpo del...

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