Disposición N 43/GCABA/DGTALPG/11

FirmantesDe La Cruz
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Técnica Administrativa y Legal - Pg
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PG

DISPOSICIÓN N 43/GCABA/DGTALPG/11SE APRUEBAN REINTEGROS A MANDATARIOS

Buenos Aires, 24 de agosto de 2011

DISPOSICIÓN N.° 43/DGTALPG/11.

Buenos Aires, 24 de agosto de 2011

VISTO:

el Decreto N° 42/GCBA/2002 (BOCBA N° 1.364) y su modificatorio Decreto N° 1.944-GCBA-2005 (BOCBA N° 2357) y el expediente N° 1309448/2011, y

CONSIDERANDO

Que, el Artículo 6° del Decreto N° 42/GCBA/2002 establece que la administración podrá reintegrar aquellos gastos útiles realizados por los mandatarios para identificar al demandado o su domicilio, realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar sentencias;

Que, por Resolución N° 832-PG-2003, modificada por Resolución N° 180-PG-2006, se reglamentó el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto N° 42/GCBA/2002 (B.O.C.B.A N° 1.364);

Que, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 1° y 2° de dicha norma los/las mandatarios/as: Dr.Bengolea Juan Carlos, Dra. Bertolotto Mariel Nelly, Dr. Cagni Fazzio Juan Martín, Dr. Catalan Lisandro, Dr.Cerdeiro Ariel Marcos, Dr. Damonte Ricardo, Dr. Dates Luis Enrique, Dra. Estevez Delia Beatriz, Dr. Exeni Royo Omar Alejandro, Dr. Fescina Andrés Joaquín Pedro, Dr. Gallo Eduardo Héctor, Dra. Giusti Sandra Patricia, Dra. Goldsztern Noemí Estela, Dr. Illia Leandro Hipólito, Dr. Inzaghi Leopoldo Cesar, Dra. Janín Gabriela Sara, Dr. Martín Raúl Enrique, Dr. Mattera Emilio Federico Cristian, Dra. Paixao María Emilia, Dr. Perez Taboada Manuel, Dra. Ramirez Cabrera Norma Glady, Dr. Ravagnan Luis Alberto, Dr. Romero Alejandro Claudio, Dra.Sandianes Analía, Dra. Seco María Alejandra, Dra. Valera Cecilia Laura, Dr. Vitale Julio Cesar y Dr. Zupicich Federico Carlos presentaron las solicitudes de reintegro de gastos, encontrándose agregados los respectivos comprobantes en el expediente de referencia;

Que, en virtud de lo dispuesto en el Art. 6° del Decreto N° 42-GCBA-2002 (B.O.C.B.A. N° 1.364), la Dirección General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales ha verificado la procedencia de los gastos y solicitado la prosecución del trámite de reintegro de gastos requeridos por los precitados/as mandatarios/as;

Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal ha verificado la correspondencia de las solicitudes de...

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