Disposición N° 315/HMOMC/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N315/HMOMC/19
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley Nº 2095, 1218 y 2809 (Textos Consolidados por Ley N° 6.017), el
Decreto Nº 168-GCABA/19 y su modificatorio N°207/2019 normas complementarias y
las contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y DI-2019-1073-
GCABA-DGCYC, el Expediente Electrónico Nº 38716265/GCABA/HMOMC/19, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley mencionada en el Visto se establecen las normas básicas que
contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de
bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los
mismos;
Que por Resolución N° 2481/MEFGC/18 se aprobaron las Políticas, Términos y
Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones,
denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones por Disposición N° DI-2019-
150-GCABA-DGCYC aprobó el Procedimiento para la Administración de Perfiles y de
Usuarios BAC y la matriz de asignación de Perfiles de Usuarios en el Ambiente
Comprador;
Que por Disposición Nº DI-2019-1073-GCABA-DGCyC la Dirección General de
Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°
6.017) aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que por la citada actuación tramita la contratación de una endoprótesis para tibia, en
concepto de Ayuda Médica, para el paciente GUTIERREZ Oscar Marcelo, por un
monto estimado de Pesos: TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($
378.000,00);
Que la presente contratación cuenta con la correspondiente Solicitud de Gasto para
solventar el gasto en cuestión, con cargo al presente Ejercicio y bajo el Sistema de
Registro de Compromisos Ejercicios Futuros;
Que dado que se trata de Ayudas Médicas y atento la necesidad de prestar asistencia
médica a quienes requieren prestaciones especiales en un corto plazo, y dado que los
mismos no se encuentran en las adquisiciones que realiza el Nivel Central, por lo que
corresponde su gestión bajo la modalidad prevista en el artículo 31 de la Ley 2.095
(Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2095 (Texto
Consolidadopor Ley Nº 6.017), y su Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19;
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA "MARIA CURIE"
EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DISPONE
Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2019-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5773 - 06/01/2020

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