Disposición N° 314/DGROC/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición28 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 314/DGROC/18
Buenos Aires, 19 de julio de 2018
VISTO:
La Ley Nº 5460, los Decretos Nº 363/GCBA/2015 y Nº 8/AJG/2018 y el Expediente
Electrónico Nº 2018-16128817-MGEYA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico Nº 2018-16128817-MGEYA-DGROC se presenta, en
carácter de consulta, documentación de "Obra Nueva", para el predio sito en la calle
Ricardo Gutiérrez Nº 2659, con destino "Vivienda Multifamiliar".
Que por registro RE-2018-16128756-DGROC, ubicado en el orden 6, los interesados
solicitan se exceptué al proyecto, de ejecutar la vivienda del encargado dado las
características del mismo.
Que según se desprende de los planos presentados por PLANO-2018-16128723-
DGROC ubicado en el Orden 7, el proyecto se encuentra conformado por: planta baja,
con el hall de acceso, la sala del tanque de bombeo y un espacio guardacoches; 1º y
4º piso con TRES (3) unidades de vivienda, una de ellas tipo dúplex, por nivel; 2º, 3º,
5º y 6º piso con DOS (2) unidades de vivienda por nivel; y 7º piso azotea con la sala
de máquinas, tanques de reserva y auxiliar de portería con baño anexo.
Que se proyectan un total de CATORCE (14) unidades funcionales; SEIS (6) pisos con
acceso a unidades funcionales, una superficie a construir de 1039,00m2 y una
superficie computable para FOT de 663,16m2, ello conforme lo declarado en los
planos presentados.
Que teniendo en cuenta que supera sólo la cantidad de pisos que estipula el Artículo
4.8.8 "VIVIENDA DEL ENCARGADO DEL EDIFICIO" del Código de la Edificación -
modificado por Ley Nº 2.428 para exigir la vivienda del encargado; considerando la
diferencia en menos que existe entre la superficie computable para FOT y la que pone
como límite la norma para requerir la citada vivienda; que se proyecta el local "Auxiliar
de Portería" de acuerdo al Parágrafo 4.8.2.1 "SERVICIO DE SALUBRIDAD" del
Código de la Edificación; y considerando que de aceptarse lo peticionado en las
condiciones descriptas no se advierte perjuicio alguno que vulnere el espíritu del
Código de la Edificación, resulta procedente acceder a lo peticionado de acuerdo a las
atribuciones conferidas a esta Dirección General por Ordenanza Nº 22.278 (B.M. Nº
13.034), exceptuando al edificio proyectado de construir vivienda del encargado.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que le fueran conferidas por
la Ley Nº 5460 y los Decretos Nº 363/GCBA/2015 y Nº 8/AJG/2018.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO
DISPONE
Artículo 1º.- Exceptúese al edificio proyectado para la calle Ricardo Gutiérrez Nº 2659,
de la exigencia de ejecutar la "Vivienda del Encargado" que establece el Artículo 4.8.8
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5444 - 28/08/2018

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