Disposición N° 314/DGABS/22

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.° 314/DGABS/22
Buenos Aires, 9 de mayo de 2022
VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.347), los Decretos Nº 74-
GCABA/21, N° 463- GCABA/19 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 001-UPE-
UOAC/08, Nº 232-UPEUOAC/09, y sus modificatorias, la Disposición Nº 167-
DGCYC/21 y el Expediente Electrónico EX-2022-15315568- GCABA-DGABS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante los presentes actuados tramita la Contratación Directa BAC N° 401-
0511-CDI22 para la adquisición de Pertuzumab, Trastuzumab, Trastuzumab
Emtansina, medicamentos Oncológicos con certificado de comercialización extendido
por ANMAT a un único Laboratorio elaborador para pacientes agudos que son
atendidos en los Hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en el art. 28 inc. 5),
de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.347), su Decreto Reglamentario N° 74-
GCABA/21, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, conforme art. 39 y 40 de
la mencionada normativa, que comprende la adquisición de DOSCIENTAS SESENTA
Y OCHO (268) unidades de PERTUZUMAB De 420 mg/ 14 ml, en frasco ampolla,
CIENTO TRES (103) unidades de TRASTUZUMAB De 600 mg/ 5 ml, vial inyectable
SC, CIENTO CUARENTA Y SIETE (147) unidades de TRASTUZUMAB EMTANSINA
De 100 mg/ ml, vial inyectable y SESENTA Y TRES (63) unidades de TRASTUZUMAB
EMTANSINA De 160 mg/ ml, vial inyectable;
Que respecto de los referidos medicamentos, se ha acreditado en el actuado que la
firma PRODUCTOS ROCHE S.A.Q. e I. es el único elaborador / distribuidor titular del
registro en la República Argentina;
Que por medio de la nota NO-2022-13636977-GCABA-DGCTFS, la Dirección General
de Coordinación General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud,
consideró pertinente dar inicio a un proceso de contratación en forma directa, al
amparo del artículo 28, inciso 5° de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N °
6.347), toda vez que la norma así lo habilita "cuando se trate de bienes o servicios
prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o
entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes";
Que mediante las notas NO-2022-15154551-GCABA-DGCTFS y NO-2022-15076749-
GCABA-DGCTFS, la Dirección General de Coordinación General de Coordinación,
Tecnologías y Financiamiento en Salud manifestó la imposibilidad de encontrar
sustitutos convenientes;
Que por medio de la nota NO-2022-13795960-GCABA-SSPSGER, la Subsecretaría de
Planificación Sanitaria y Gestión en Red brindó su aval respecto de lo requerido por la
Dirección General de Coordinación General de Coordinación, Tecnologías y
Financiamiento en Salud;
Que el art. 28, inc. 5) de la ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), prevé la
posibilidad de seleccionar directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha
medida debidamente fundada y ponderada por autoridad competente "Cuando se trate
de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6376 - 12/05/2022

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