Disposición N 231/GCABA/DGFYME/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Ferias y Mercados
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL FERIAS Y MERCADOS

DISPOSICIÓN N 231/GCABA/DGFYME/11SE PROCEDE A LA CADUCIDAD DEL PERMISO DE USO PRECARIO OTORGADO A PERMISIONARIOS DE LA FERIA PARQUE LEZAMA

Buenos Aires, 07 de julio de 2011

DISPOSICIÓN N.° 231/DGFYME/11.

Buenos Aires, 7 de julio de 2011

VISTO:

lo establecido en la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2075/GCBA/07, el Decreto N° 132/GCBA/08, el Decreto N° 755/GCBA/09, el Decreto N° 1017/GCBA/09, la Ordenanza N° 46075/MCBA/92, el Decreto N° 435-GCBA/02, el Decreto N° 662-GCBA/03, la Resolución N° 3129/MCGC/08, y;

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.506 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creándose el Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que por Decreto 2075-GCBA/07 y sus modificatorios 132-GCBA/08 y 755-GCBA/09, se aprobó y modificó respectivamente, la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose la Subsecretaría de Uso del Espacio Público dependiente del citado Ministerio, y bajo su órbita a la Dirección General de Ferias y Mercados, y;

Que el Decreto N° 1017-GCBA/09 modifica la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto 2075/07 y modificatorios, de acuerdo con los Anexos 1/13 (Organigrama) y 2/13 (Responsabilidades Primarias, Acciones y Objetivos);

Que el decreto ut supra mencionado establece que es responsabilidad primaria de la Dirección General de Ferias y Mercados "Otorgar y revocar permisos de acuerdo con la normativa que regule la actividad";

Que por Decreto N° 132-GCBA/08 establece que la Dirección General de Ferias y mercados es autoridad de aplicación de la Ordenanza N° 46.075-MCBA/92;

Que la Ordenanza N° 46.075-MCBA/92 regula el Sistema de Ferias Artesanales de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Art. 5 de la Ordenanza N° 46.075-MCBA/92 y el Art. 2 del Decreto N° 435-GCBA/02 establecen los emplazamientos para las ferias artesanales "Plazoleta Santa Fe", "Vuelta de Rocha I y II", "Plaza Intendente Alvear", "Parque Centenario", "Plaza Manuel Belgrano", "Parque Lezama" y "Plaza Doctor Bernardo Houssay";

Que por Resolución N° 3129/MCGC/2008 se designó al Representante de Cultura en el marco de lo establecido por el Art. 10 de la Ordenanza 46.075/MCBA/92;

Que los Permisionarios cuyos datos obran en el anexo de la presente obtuvieron...

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