Disposición N° 307/DGEGP/20

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 307/DGEGP/20
Buenos Aires, 1 de diciembre de 2020
VISTO: La Ley 24.240, los Decretos Nº 2542-PEN/91 y N° 2417-PEN/93, las
Resoluciones N° 567- MEGC/08 y N° 960 MEGC/09, las Resoluciones N° 678-
SICM/99, N° 167-SCI/08 y N° 43-SCI/08 y las Disposiciones Nº 390-DGEGP/2019, N°
150-DGEGP/2020 y N° 152-DGEGP/2020, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 2542-PEN/91 crea la Comisión Asesora honoraria determinada por
los artículos 12 y 13, la cual ha sido conformada en la jurisdicción para el ciclo lectivo
2020 por Disposición N° 150-DGEGP/2020;
Que de acuerdo con lo establecido por las normas que regulan el sistema de
financiamiento de la educación pública de gestión privada, corresponde analizar la
actualización del valor de los aranceles y contribuciones de las escuelas que
desarrollan su actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en cumplimiento de la normativa vigente corresponde aprobar los criterios a
aplicar para la comunicación a los padres de las pautas arancelarias para el ciclo
lectivo 2021 que han sido elaboradas a partir de la reunión mantenida con la Comisión
Asesora honoraria;
Que, oportunamente, por Disposición Nº 390-DGEGP/19 se definieron los aranceles
para el Ciclo Lectivo 2020, siendo comunicados oportunamente a los padres;
Que en cumplimiento de lo establecido por la normativa aplicable se llevó a cabo la
reunión de la comisión asesora para la determinación de los aranceles
correspondientes a marzo 2021 dando lugar a la Disposición N° 152.DGEGP/2020;
Que dicha comisión asesora se comprometió a seguir evaluando a la situación con el
objeto de analizar las variaciones económicas de contexto;
Que dicho análisis ha dado lugar a una revisión de lo dispuesto oportunamente
respecto de los aranceles máximos autorizados para su cobro a las familias a partir del
1 de marzo de 2021;
Que por consiguiente corresponde actualizar los topes definidos para cada banda
arancelaria conforme al porcentaje de aporte gubernamental que reciben los
establecimientos educativos de gestión privada;
Que la Resolución Nº 678/99 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
fija para los establecimientos educativos de gestión privada, la obligación de informar a
la Autoridad de Aplicación sobre aranceles mensuales, matrícula de inscripción o
reinscripción, cantidad de cuotas, entre otros conceptos, todos ellos correspondientes
al ciclo lectivo subsiguiente;
Que, en igual sentido, los Decretos Nº 2542/91 y Nº 2417/93 estipulan la fecha de la
efectiva comunicación de los nuevos contratos de enseñanza a los padres o
responsables de los alumnos;
Que en consecuencia resulta necesario definir los aranceles para el ciclo lectivo 2021
a ser percibidos por los establecimientos educativos de gestión privada a partir del 1°
de marzo de 2021;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6187 - 05/08/2021

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