Disposición N° 306/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 306/DGIUR/19
Buenos Aires, 7 de marzo de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 5.818.947/2019 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para el
inmueble sito en la Av. Santa Fe Nº 1299 Planta Baja, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito C2 y el mismo está
Catalogado con Nivel de Protección Cautelar;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº
7309436-DGIUR-2019, indica que mediante Plano-2019-05818703-GCBA-SSREGIC
(N° de Orden 6), el recurrente presenta Plano de propuesta Esquema de Publicidad,
de Tres (3) Letreros frontales con Letras corpóreas sueltas iluminadas;
Que la gerencia Operativa Usos del Suelo informa que por Ley 6099/18, se aprobó el
nuevo Código Urbanístico:
a) Según lo establecido en Plancheta Nº 13 del ANEXO IV Mapa de edificabilidad y
usos - del Código Urbanístico, le corresponde el Corredor Alto Área de Alta Mixtura de
usos del suelo 4;
Que la propuesta de Publicidad de "Letras frontales iluminadas simples", es Permitida,
que son de letras cajón transiluminadas, que las mismas acompañan los lineamientos
de la fachada del Inmueble, cumplimentan con la Normativa vigente; por lo tanto no
habría inconvenientes en acceder al visado en cuestión;
Que con lo expuesto, el Área Técnica no tendría inconvenientes en acceder al visado
de propuesta de "Publicidad de Tres (3) Letreros con Letras sueltas frontales
iluminados simple", para el inmueble sito en la Av. Santa Fe Nº 1299 PB;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección
General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de
Publicidad" obrante a Plano-2019-05818703-GCBA-SSREGIC (N° de Orden 6), para el
inmueble sito en la Av. Santa Fe Nº 1299 Planta Baja, debiendo cumplir con toda la
normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad
deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5581 - 20/03/2019

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