Disposición N° 300/DGSPR/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición14 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 300/DGSPR/18
Buenos Aires, 7 de agosto de 2018
VISTO:
Las Leyes N° las Disposiciones las Disposiciones N° 49-DGSSP/2003, N° 129-
DGSSP/2004, N° 274-DGSSP/2005, N° 449-DGSP/2006, N° 103-DGSPR/2008, N°
88-DGSPR/2010, N° 122-DGSPR/2012, N° 210-DGSPR/2014, N°| 311-DGSPR/2016 y
la Carpeta E194677, y,
CONSIDERANDO:
Que la empresa KONTROL DEFENSA ELECTRONICA S.A. con domicilio real y
constituido en la calle Adolfo Alsina N° 1360, Piso 6° oficina 24, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de
seguridad privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por
Disposición N° 49-DGSSP/2003;
Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación “KTL
SEGURIDAD“, presentó oportunamente Título de Marca expedido por el Instituto
Nacional de la Propiedad Industrial bajo el N° 2.884.830 a favor de Zanardi Ocampo,
Carlos María, concedida hasta el 27/10/2026, mediante Disposición N° 099/17; y que
asimismo acompañó el correspondiente Contrato de Licencia de Uso de Marca a favor
de “KONTROL DEFENSA ELECTRÓNICA S.A.“
Que encontrándose próximo a vencer el plazo de su última habilitación el día
09/08/2018, la interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la
Ley Nº 5688 en su Artículo 439°, sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2,
Incisos a), b), c) y d);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Ernesto Raúl
Alcayaga, D.N.I N° 8.347.681, y como Responsable Técnico al señor Eduardo
Alejandro Gómez, D.N.I. N° 10.872.939;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 184, Punto 18, Ley 5914, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día
10/08/2018;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5435 - 14/08/2018

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