Disposición Nº 3/GCABA/DGIASINF/17
Firmantes | Richetti |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA - ASINF |
VISTO:
El Decreto N° 1510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N° 5666), la Disposición
N°2/DGIASINF/2017, el Expediente Electrónico N° 17890506-MGEYA-ASINF-2.016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición N° 2/DGIASINF/2017 se aprobó el gasto correspondiente a la
Caja Chica Especial de Infraestructura N° 2/2016 de la Dirección General de
Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información asignados por la
Resolución N° 93/ASINF/2.016 por un importe de PESOS SEISCIENTOS VEINTIDOS
MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES con 55/100 ($ 622.693,55.-) y las planillas
anexas a dicha rendición de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 67/GCABA/10,
la Resolución N° 51/MHGC/10 y su modificatoria Resolución N° 1739/MHGC/2016, y la
Disposición N° 36/DGCG/15 registradas en SADE bajo Anexo Firma Conjunta (IF-
01009984-DGIASINF-2.017), Anexo Firma Conjunta (IF-01010158-DGIASINF -2.017)
y Anexo Firma Conjunta (IF-01010329-DGIASINF-2.017).
Que en este sentido corresponde aclarar que en Considerando N° 15 de la disposición
indicada ut-supra, se dejó constancia que en el comprobante N° 9, no se solicitaron 3
presupuestos ya que el proveedor encargado del control de acceso es la empresa
PREVENT SOLUTION S.A., por lo que corresponde señalar que dicha justificación
corresponde al comprobante N° 8;
Que asimismo cabe señalar que parte de los bienes adquiridos con los fondos que se
rinden en la presente resultan inventariables;
Que el artículo 124 del Decreto N° 1510/GCBA/97 (Texto Consolidado por Ley N°
5666) establece que "En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la
sustancia del acto o decisión";
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que rectifique el
Considerando N° 15 de la Disposición N° 2-DGIASINF-2017;
Por ello y en uso de la facultades conferidas por el artículo 124 del Decreto N°
1510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N° 5666),
EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA
DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN
DISPONE
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