Disposición N° 3/DGRP/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición30 de Marzo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 3/DGRP/21
Buenos Aires, 25 de marzo de 2021
VISTO: las Leyes N° 2.809 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) y 3.304, los Decretos
Nº 127/14 y 423/13, las Resoluciones Nº 601-MHGC/14, 730/MHGC-14, 521-
SECLYT/15 y 4093-MHGC/16, las Disposiciones N° 8-DGRP/17 y 3-DGRP/18 y el
Expediente Electrónico N° 09168664-GCABA-DGRP/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.809 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) se estableció el régimen
de redeterminación de precios aplicable a los contratos de obra pública y a los
contratos de servicios, de servicios públicos y de suministros que expresamente lo
establezcan;
Que mediante el artículo 9° del Decreto N° 127/14 se estableció que este Ministerio de
Hacienda dicta las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias a los
fines de la aplicación del Régimen de Redeterminación de Precios conforme lo
dispuesto por la Ley N° 2809 y su reglamentación;
Que mediante las Resoluciones N° 601-MHGC/14, 730-MHGC/14 y 4093-MHGC/16,
se estableció la metodología a la que deben ajustarse las adecuaciones provisorias y
las redeterminaciones definitivas de los precios de los contratos alcanzados por la Ley
N° 2.809;
Que por la Ley N° 3.304 este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a
adoptar el uso de herramientas tecnológicas, que permitan agilizar los trámites
administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para
su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;
Que por el Decreto N° 423/13 se aprobó la creación de la Plataforma de Tramitación a
Distancia –TAD-como medio de interacción del ciudadano con la administración;
Que por Resolución N° 521-SECLYT/15 se aprueban los términos y condiciones de
uso de la Plataforma TAD;
Que por Disposición N° 8-DGRP/2017 y 3-DGRP/2018 se implementó la plataforma
“Tramitación a Distancia” (TAD) para las solicitudes de adecuaciones provisorias de
precios de uso obligatorio a partir del 01/04/18;
Que en línea con los párrafos precedentes resulta necesario hacer extensiva la
implementación de la plataforma “Tramitación a Distancia” (TAD) para las solicitudes
de redeterminaciones definitivas de precios.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 127/14,
EL DIRECTOR GENERAL DE REDETERMINACION DE PRECIOS
DISPONE
Artículo 1°.- Apruébase la implementación de la plataforma “Tramitación a Distancia”
(TAD) para las solicitudes de redeterminaciones definitivas de precios.
Artículo 2°.- El peticionante deberá realizar la solicitud de redeterminación definitiva de
precios en forma virtual desde la página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires (www.buenosaires.gob.ar/tramitesadistancia) ingresando con CUIT y Clave
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6088 - 30/03/2021

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