Disposición N° 3/DGAJRH/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición25 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 3/DGAJRH/21
Buenos Aires, 22 de junio de 2021
VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 304/18, la
Resolución N° 2.291/MEFGC/18 modificada por las Resoluciones Nros.
3.574/MEFGC/19 y 4.403/MEFGC/19, el Expediente Electrónico N° EX-29189294-
GCABA-DGINYAR/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado tramita la solicitud de revisión de la Evaluación de Desempeño
Anual del período 2020, presentada por la agente Sra. Andrea Vanesa Girón, CUIL N°
27-30765291-4, quien se desempeña en la Dirección General de Ingeniería y
Arquitectura dependiente de la Subsecretaría de Obras de la Secretaría de Transporte
y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante Decreto N° 304/18, el Jefe de Gobierno delegó en el entonces Ministro
de Economía y Finanzas la facultad de dictar el Régimen de Evaluación de
Desempeño anual aplicable al personal comprendido en los artículos 4° y 40 de la Ley
N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347), como asimismo aprobar los Formularios
de Evaluación de Desempeño y las disposiciones particulares del mismo;
Que en ese sentido, por la Resolución N° 2.291/MEFGC/18, modificada por las
Resoluciones Nros. 3574/MEFGC/19 y 4403/MEFGC/19, se aprobó el Régimen de
Evaluación de Desempeño Anual aplicable al personal comprendido en el artículo 4° y
40 de la Ley N° 471, así como los mencionados Formularios;
Que en el artículo 9 del Anexo I de la Resolución 4403/MEFGC/19, se estableció el
proceso de revisión de las evaluaciones aplicable en caso de disconformidad de los
agentes evaluados;
Que por su parte, en el artículo 11 del referido Anexo, se fijó que la conformación y
designación del Comité de Revisión estará a cargo del Director/a General Técnico
Administrativo y Legal o su equivalente según la jurisdicción;
Que en el precitado artículo se establece que el Comité de Revisión estará integrado
por: “...a) la Autoridad Superior de la Unidad Organizativa en la cual fue evaluado/a el
agente, o el superior inmediato de dicha Autoridad y su suplente, debiendo este último
tener rango equivalente o superior a Director/a General y revistar en la Jurisdicción en
la que fuera evaluado el solicitante; b) un (1) representante de la Gerencia Operativa
de Recursos Humanos o equivalente, con rango no inferior a Subgerente Operativo de
la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal o equivalente de la jurisdicción en
la que fuera evaluado el solicitante y su suplente, debiendo éste último revistar en la
Jurisdicción en la que fuera evaluado el solicitante y tener rango equivalente o superior
a Subgerente Operativo y c) un (1) representante gremial con mandato suficiente y con
representación en la jurisdicción que revista el solicitante y su suplente. En ningún
supuesto podrá formar parte del comité el/la evaluador/a del agente que hubiese
solicitado la revisión...”;
Que atento a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo conformando
el Comité de Revisión, a efectos de revisar la Evaluación de Desempeño Anual del
período 2020, correspondiente a la agente Sra. Andrea Vanesa Girón, CUIL N° 27-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6156 - 25/06/2021

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