Disposición N° 290/DGROC/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N290/DGROC/19
Buenos Aires, 5 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley Nº 5460, los Decretos Nº 363/GCBA/2015 y Nº 8/AJG/2018 y el
Expediente Electrónico Nº 2019-23954886-GCABA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico Nº 2018-32669307-MGEYA-DGROC se registra con
fecha 31 de julio de 2019, documentación de “Obra Nueva" para el predio sito en la
calle Calcena Nº 278, con destino "Vivienda Multifamiliar con Espacio Guardacoches".
Que posteriormente por Expediente Electrónico Nº 2019-23954886-GCABA-DGROC,
obrante en el registro RE-2019-23954836-GCABA-DGROC ubicado en el Orden Nº 4,
con fecha 1 de agosto del 2019 los interesados solicitan se exceptúe al proyecto, de
ejecutar la vivienda del encargado dado las características del mismo.
Que según se desprende del archivo PLANO-2019-23747510-GCABA-DGROC
ubicado en el Orden Nº 95 del Expediente Electrónico Nº 2018-32669307-MGEYA-
DGROC, el proyecto se encuentra conformado por: planta baja, con el hall de acceso,
sala de bombeo y un espacio de guarda vehicular; 1º a 4º piso con UNA (1) unidad de
vivienda por nivel; y planta azotea con el auxiliar de portería con baño anexo, la sala
de máquinas del ascensor y terrazas propias accesibles.
Que se proyectan un total de CUATRO (4) unidades funcionales; CUATRO (4) pisos
con acceso a unidades funcionales, una superficie a construir de 570.07m2 y una
superficie computable para FOT de 332,71m2, ello conforme lo declarado en los
planos presentados.
Que la superficie computable para el factor de ocupación total no ha variado respecto
de los planos originalmente registrado.
Que teniendo en cuenta que se supera sólo la cantidad de pisos que estipula el
Artículo 4.8.8 "VIVIENDA DEL ENCARGADO DEL EDIFICIO" del Código de la
Edificación - modificado por Ley Nº 2.428 para exigir la vivienda del encargado;
considerando la diferencia en menos que existe tanto entre la superficie computable
para FOT como entre la cantidad de unidades proyectadas y las que pone como límite
la norma para requerir la citada vivienda; que se proyecta el local "Auxiliar de Portería"
de acuerdo al Parágrafo 4.8.2.1 "SERVICIO DE SALUBRIDAD" del Código de la
Edificación; y considerando que de aceptarse lo peticionado en las condiciones
descriptas no se advierte perjuicio alguno que vulnere el espíritu del Código de la
Edificación, resulta procedente acceder a lo peticionado de acuerdo a las atribuciones
conferidas a esta Dirección General por Ordenanza Nº 22.278 (B.M. Nº 13.034),
exceptuando al edificio proyectado de construir vivienda del encargado.
Que en el presente caso y teniendo en cuenta la excepción solicitada no podrá
aplicarse lo dispuesto en el artículo 2º inc. c) de la Disposición 1013-DGFOC-2002.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que le fueran conferidas por
la Ley Nº 5460 y los Decretos Nº 363/GCBA/2015 y Nº 8/AJG/2018.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5740 - 12/11/2019

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