Disposición N° 289/DGSPCB/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 289/DGSPCB/21
Buenos Aires, 16 de septiembre de 2021
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030), y N° 6383 (B.O. 6024), los Decretos N°
446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N° 226-DGSSP/2003, N° 280- DGSSP/2004, N°
120-DGSSP/2006, N° 158- DGSPR/2007, N° 141- DGSPR/2009, N° 183-
DGSPR/2011, N° 252-DGSPR/2013, N° 225-DGSPR/2015, Nº 283-DGSPR/2017, N°
324-DGSPR/2019, Nº 266-DGSPCB/2020, la Carpeta E416796, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa COOPERATIVA DE TRABAJO LINCE SEGURIDAD LIMITADA, con
domicilio real y constituido en Av. Elcano N° 3111, PB, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires,, ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad
privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición Nº
226-DGSSP/2003;
Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación "LINCE
SEGURIDAD", presentó oportunamente Título de Marca expedido por el Instituto
Nacional de la Propiedad Industrial, bajo el N° 3.182.894, a favor de COOPERATIVA
DE TRABAJO LINCE SEGURIDAD LIMITADA, concedida hasta el 08/07/2030,
mediante Disposición N° 153/21;
Que vecnido el plazo de su última habilitación, la interesada solicitó su renovación en
las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo 439°, Punto 1-Servicios
con autorización de uso de armas de fuego- Incisos a), y, b); y sin autorización de uso
de armas de fuego: Punto 2, Incisos a) b), y, c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso, en los términos de los Art. 444, 458 y
concordantes de la mencionada Ley para el cargo de Director Técnico, a Berardo
Nagel, Gabriela Alejandra, D.N.I. N° 28.772.656;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo Nº 218.977 el cual posee
vigencia hasta el día 01/09/2025, y que fuera expedido en Legajo Nº 9760480, de la
Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC);
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 176, Inciso 18, Ley 6383, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día de
la fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6218 - 20/09/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR