Disposición N° 280/DGRC/22

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición13 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 280/DGRC/22
Buenos Aires, 6 de julio de 2022
VISTO: El Decreto N° 263/10, modificado por el Decreto N° 487/14, la Resolución N°
3857/MHGC/17, Resolución N° 2625-MHGC/10, Resolución N° 4523/MHGC/20 y EE
23202188-GCABA-DGRC-2022;
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 487/14 se modificó el artículo 7° del Anexo del Decreto N°
263/10 estableciendo que el relevamiento e inventario de la totalidad de los bienes,
estará a cargo de los servicios patrimoniales de cada organismo;
Que, asimismo estableció que...” los bienes de uso cuyo valor, tras los procesos de
revalúo y depreciación, sea inferior al fijado por el Ministerio de Hacienda para la
incorporación al Módulo de Bienes SIGAF, podrán ser dados de baja con la emisión de
una Disposición o Resolución del titular de la repartición a la que correspondan, el que
deberá ser comunicado al Órgano Rector del presente sistema...”,
Que por Resolución N° 2625-MHGC/10 se fijó en PESOS DOSCIENTOS ($ 200) y por
las Resoluciones N° 1454-MHGC/13, N° 2231-MHGC/14, N° 1509-MHGC/15, 3803-
MHGC/16, N° 3857- MHGC/17, 2474-MEFGC/18 y Nº 5025-MEFGC/19 se modificó
dicho valor y se fijó en PESOS CUATROCIENTOS ($ 400.-), en PESOS
SEISCIENTOS ($600), en PESOS OCHOCIENTOS ($800), PESOS MIL
DOSCIENTOS (1.200.-), PESOS MIL QUINIENTOS ($1500.-), PESOS DOS MIL CIEN
($ 2.100.-) y PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500) respectivamente, el importe a
partir del cual se deben incorporar al Módulo de Bienes del SIGAF los bienes de
escaso valor, las herramientas y los repuestos menores, de acuerdo con lo establecido
por el Decreto N° 263/10;
Que la Dirección General de Contaduría en su carácter de Órgano Rector en la
materia, conforme las prescripciones del artículo 2° del referido Decreto, ha propuesto
fijar a partir del 1° de enero de 2021 el importe descripto precedentemente, a partir de
PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) RESOL 4523/MGFGC/20
Que, por encontrarse obsoletos, destruidos y/o deteriorados surge la necesidad de dar
de baja una serie de bienes de uso de esta repartición, conforme surge del Anexo I (N°
IF-2022-23738167-GCABA-DGRC) que forma parte integrante de la presente;
Que, el valor de los mismos resulta ser inferior al establecido por la norma precitada,
por lo que corresponde dictar la norma para su baja del inventario de esta repartición.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 263/10, modificado
por el Decreto N°487/14,
EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO
DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
DISPONE:
Artículo 1°.- Dar de baja del Inventario de la Dirección General del Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno, el listado
de los bienes enumerados en el Anexo I (N° IF-2022-23738167-GCABA-DGRC) que
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6417 - 13/07/2022

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