Disposición N° 28/UGETUPEEI/21

EmisorSecretaría de Ambiente
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 28/UGETUPEEI/21
Buenos Aires, 7 de octubre de 2021
VISTO: La Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) su Decreto Reglamentario
N° 74-GCABA/21, la Ley 1.218 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N°
7-GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria, la Disposición N° 167-GCABA-DGCYC/21, el
Expediente Electrónico N° EX-2021-25004572-GCABA-UGGOAALUPEEI, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario
N° 74-GCABA/21, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que
debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los
procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios;
Que, mediante Disposición Nº 167-GCABA-DGCYC/21 se aprobó el Pliego Único de
Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por el expediente citado en el VISTO tramita la contratación del "servicio integral
de logística, traslado y relocalización de animales que actualmente residen en el
predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o que, en su
defecto, serán trasladados a dicha institución", con un presupuesto oficial para los
renglones 1, 2 y 4 de un monto estimado hasta pesos cuatro millones doscientos
quince mil quinientos diez ($4.215.510) respectivamente; para el renglón 3 un monto
estimado hasta pesos ocho millones cuatrocientos treinta y un mil veinte ($8.431.020)
y para el renglón 5 un monto estimo hasta pesos dos millones ochocientos diez mil
trecientos cuarenta ($2.810.340);
Que, en relación al marco normativo, la Ley N° 5752 dispuso la transformación
progresiva del entonces Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo
Ladislao Holmberg"; y a su vez, dentro de los objetivos, se destaca la "Adecuación de
la colección faunística existente a una estrategia de colección ajustada a las
posibilidades espaciales del predio, a los programas de conservación y a los
parámetros de bienestar animal." como así también el de "Implementación y/o
desarrollo de proyectos integrales de conservación de especies silvestres y hábitats
naturales, a través de acciones "in situ" y "ex situ".";
Que, el Decreto Reglamentario N° 82/17, estableció que: "...la adecuación de la
colección faunística se planificará e instrumentará priorizando el bienestar animal, los
proyectos de conservación (...).";
Que, mediante el Decreto N° 413-GCABA/2020 se aprobó la estructura organizativa de
la Secretaria de Ambiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a
su vez modificó las responsabilidades primarias de la Unidad de Gestión Estratégica y
Transformación, estableciendo dentro de la Gerencia Operativa de Conservación y
Gestión de Fauna: "Dirigir, ejecutar y coordinar las acciones generales y estrategias de
investigación de programas y proyectos de conservación de la biodiversidad;" e
"Implementar las acciones generales para el rescate y rehabilitación de la fauna
silvestre provenientes de causas naturales y/o antrópicas que lleguen al Ecoparque
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6233 - 12/10/2021

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