Disposición N° 270/SAISSP/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 270/SAISSP/19
Buenos Aires, 26 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley Nº 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Resoluciones Nº
195/ISSP/18, Nº 21/ISSP/19, el Decreto N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado por
Ley N° 6.017), y el Expediente Electrónico N° 36244449/SAISSP/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), establece que el Instituto
Superior de Seguridad Pública es una instancia de apoyo de la conducción política del
Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación
continua y permanente de los actores involucrados y la producción de conocimientos
científicos y técnicos sobre seguridad, y que tiene por misión formar profesionalmente
y capacitar funcionalmente entre otros, al Cuerpo de Bomberos;
Que por medio de la Resolución Nº 21/ISSP/19 fueron incorporados al "Curso de
Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad", para el ciclo lectivo 2019, los alumnos detallados en el Anexo de la misma,
entre los que se encuentra el aspirante Alejandro Gustavo Tolosa (DNI 38.707.638);
Que el aspirante es designado por el período que dure su formación hasta egresar con
el grado de Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, estando sujeto
a lo que disponga el Reglamento y la restante normativa en la materia;
Que el Sr. Tolosa mediante Disposición N° 218/SAISSP/19 del 5 de octubre del
corriente año, fue dado de baja obligatoria por aplicación de lo dispuesto en el Artículo
96 inciso c) del Reglamento de Aspirantes al Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de
Buenos Aires, aprobado por Resolución N° 195/ISSP/18;
Que el día 7 de octubre de 2019, el mencionado fue notificado de la Disposición
218/SAISSP/19 que dispone su baja obligatoria, haciéndosele entrega en el acto de
una copia de la misma, habiendo firmado el acta que da cuenta de ello;
Que el Sr. Tolosa en fecha 15 de octubre del año en curso interpuso en legal tiempo
Recurso de Reconsideración, mediante el cual impugna el acta de notificación aludida,
y solicita se revoque la Disposición N° 218/SAISSP/19 reincorporándoselo, al Curso de
Formación Inicial, ciclo lectivo 2019;
Que el remedio articulado se sustentó en: 1) La nulidad absoluta del acta de
notificación, por la falta de entrega de la Disposición de su baja obligatoria al
suscribirla, sosteniendo que: "... el ACTA de NOTIFICACIÓN fue firmada por el
suscripto a pedido de la superioridad el 07/10/19, sin habérseme entregado copia
alguna de la misma en dicha oportunidad", y
2) La nulidad absoluta de la disposición, aduciendo la ausencia de rúbrica, y causa o
motivación de la misma, por cuanto "... el suscripto no tuvo posibilidad alguna de
contar con copia debidamente rubricada por autoridad competente de la
DISPOSICIÓN DI-2019-218-GCABA-SAISSP dictada el SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE
2019... y fue recién con fecha 10/10/2019 cuando se le hace entrega a mi progenitora
de copia en dos fojas de la Disposición de referencia, la cual no posee firma de
autoridad alguna, omisión que acarrea uno de los motivos de nulidad planteados en el
presente... ";
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5751 - 28/11/2019

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