Disposición N° 27-SAISSP/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición13 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 27/SAISSP/18
Buenos Aires, 6 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley Nº 5.688, las Resoluciones Nº 50/ISSP/17 y N° 19/ISSP/18, las Notas N°
6480643/SAISSP/2018 y Nº 6485155/SAISSP/18, el Expediente Electrónico Nº
6479616/MGEYA/SGISSP/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo
referente a su composición, misión, función y dirección, coordinación y funcionamiento,
así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y
control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos
sobre seguridad;
Que el Artículo 357 de la Ley N° 5.688 establece que " El Instituto Superior de
Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los
funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las
políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración
general del sistema policial, a todos los sujetos públicos y privados vinculados con los
asuntos de la seguridad, así como la investigación científica y técnica en materia de
seguridad ciudadana...";
Que la mentada ley en el artículo 405 prescribe que la formación y capacitación en
general en materia de seguridad pública está destinada a todos aquellos funcionarios y
personal que integran los organismos públicos involucrados en el Sistema Integral de
Seguridad Pública y a los que intervengan en los procesos de elaboración, ejecución y
evaluación de estrategias y políticas públicas en materia de seguridad, como así
también a todos los ciudadanos interesados en formarse en temas de seguridad
pública;
Que los objetivos generales de la formación en seguridad pública consisten en generar
conocimientos, actitudes, habilidades y elementos procedimentales, basados en
estudios científicos y tecnológicos para desempeñarse en las distintas especialidades
que conforman el área de la seguridad pública, integrando los campos de formación
general, formación de fundamento, formación específica y de la práctica
profesionalizante;
Que a efectos de bregar por la seguridad pública, entendida como la situación de
hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida
y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las
instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establecen la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5333 - 13/03/2018

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