Disposición N° 266/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 266/DGIUR/19
Buenos Aires, 1 de marzo de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 20.757.993/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista. De productos alimenticios en general; bebidas en
general envasadas; Casa de comidas rotisería", en el inmueble sito en la calle Dr.
Emilio Ravignani N° 1466, Planta Baja y UF Nº 1, con una superficie a habilitar de
91,92m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito U20, Z3 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
27376139-DGIUR-2018, indica que el Artículo 5.2.1. USOS DEL SUELO URBANO Y
SU CLASIFICACION, establece que: "El consejo podrá adecuar los cuadros de usos
especiales de estos Distritos a los Cuadros de Usos 5.2.1.a) y 5.2.1b) correlacionando
los distritos de zonificación general con los subdistritos o subzonas de las normativas
especiales";
Que en relación a los usos permitidos en la Zona 3:
"...5.5 Usos permitidos:
. Residencial: vivienda individual y colectiva, baulera
. Comercio minorista: ídem Zona 2b, productos de abasto, ferretería
. Servicios:
consultorio y estudios profesionales
garage comercial
playas de estacionamiento
lavandería - tintorería (recep.)
personales directos
peluquería
. Educación: preescolar - primaria; secundaria; guardería
. Sanidad: centro médico; casa de reposo; laboratório médico
. Esparcimiento: canchas de tenis y de frontón con raqueta. (Ver Resolución CPU A-
46/982, B.M. N° 16.885)."
En la Zona 2b
"Comercio minorista: fiambrera; lechería; almacén; panadería (expendio); quiosco;
venta diarios; revistas; farmacia.
Venta de ropa confeccionada, lencería, blanco, mantelería, textiles en general y pieles,
máximo 50m² y hasta 2 por cuadra";
Que el Artículo 5.2.1 USOS DEL SUELO URBANO Y SU CLASIFICACIÓN establece:
"En el Cuadro de Usos N° 5.2.1 se consignan los usos permitidos y las restricciones
que condicionan los mismos, los factores de ocupación del suelo, y los requerimientos
de estacionamiento y lugar para carga y descarga, según corresponda a los distintos
distritos de Zonificación en que se subdivide la Ciudad, salvo en el caso de la zona de
Urbanización Determinada (U) y de las Áreas de Protección Histórica (APH), para las
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5577 - 14/03/2019

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