Disposición N 6/GCABA/DGFSCIV/11
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil |
Fecha de la disposición | 21 de Febrero de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL
DISPOSICIÓN N 6/GCABA/DGFSCIV/11SE IMPONE MULTA A LA FIRMA DE SERVICIOS INTEGRALES DE ALIMENTACIÓN S.A.
Buenos Aires, 21 de febrero de 2011
DISPOSICIÓN N.° 6/DGFSCIV/11.
Buenos Aires, 21 de febrero de 2011
VISTO:
El Art. 61 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 2.482/2008.- SIGAF 417/2009 y el Expediente N° 1073095/2010 y
CONSIDERANDO:
Que la presente se refiere a infracciones acaecidas en el Servicio de Entrega y Distribución de Raciones de Alimentos en crudo de víveres secos y frescos destinados a la población de los grupos comunitarios, pertenecientes al Programa de Apoyo, Fortalecimiento y Consolidación a Grupos Comunitarios, dependiente de la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social;
Que mediante Acta de Incumplimiento N° 33 de fecha 5/5/10 se procedió a verificar la prestación del citado servicio realizado por la firma Servicios Integrales de Alimentación S.A., adjudicataria de la Orden de Compra N° 10187-09;
Que el Acta de Incumplimiento precedentemente mencionada, fue confeccionada por una funcionaria de la Unidad de Control del Servicio Alimentarlo (UCSA) facultada a dichos fines y debidamente notificada en los términos legales del D.N.U. N° 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución N° 41/LCABA/98;
Que a la firma adjudicataria encontrándose fehacientemente notificada del Acta referenciada presentó su descargo, el cual fue analizado por la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil a fs. 97/99 ;
Que los incumplimientos en los que incurrió la empresa se encuentran enmarcados dentro de las causales de penalidades establecidas en el Artículo 61, inciso 1 y 2 de las Cláusulas Particulares y Anexo "B" del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 2.482/2008.- SIGAF 417/2009 (aprobado por Decreto N° 219/GCBA/09);
Que la normativa citada faculta en el art. 61 a la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil a imponer penalidades mediante acto fundado, y fija multas pecuniarias establecidas en relación al valor actualizado de la ración alimentaria, siendo el mismo de Pesos siete con dieciocho/ cien ($7,18.-);
Que la infracción denunciada afecta al rubro "Calidad de Servicio Alimentarlo" Art. 61, inciso 1 y 2 de las Cláusulas Particulares y Anexo "B" del Pliego de Bases...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba