Disposición N 6/GCABA/DGFSCIV/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil
Fecha de la disposición21 de Febrero de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL

DISPOSICIÓN N 6/GCABA/DGFSCIV/11SE IMPONE MULTA A LA FIRMA DE SERVICIOS INTEGRALES DE ALIMENTACIÓN S.A.

Buenos Aires, 21 de febrero de 2011

DISPOSICIÓN N.° 6/DGFSCIV/11.

Buenos Aires, 21 de febrero de 2011

VISTO:

El Art. 61 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 2.482/2008.- SIGAF 417/2009 y el Expediente N° 1073095/2010 y

CONSIDERANDO:

Que la presente se refiere a infracciones acaecidas en el Servicio de Entrega y Distribución de Raciones de Alimentos en crudo de víveres secos y frescos destinados a la población de los grupos comunitarios, pertenecientes al Programa de Apoyo, Fortalecimiento y Consolidación a Grupos Comunitarios, dependiente de la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social;

Que mediante Acta de Incumplimiento N° 33 de fecha 5/5/10 se procedió a verificar la prestación del citado servicio realizado por la firma Servicios Integrales de Alimentación S.A., adjudicataria de la Orden de Compra N° 10187-09;

Que el Acta de Incumplimiento precedentemente mencionada, fue confeccionada por una funcionaria de la Unidad de Control del Servicio Alimentarlo (UCSA) facultada a dichos fines y debidamente notificada en los términos legales del D.N.U. N° 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución N° 41/LCABA/98;

Que a la firma adjudicataria encontrándose fehacientemente notificada del Acta referenciada presentó su descargo, el cual fue analizado por la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil a fs. 97/99 ;

Que los incumplimientos en los que incurrió la empresa se encuentran enmarcados dentro de las causales de penalidades establecidas en el Artículo 61, inciso 1 y 2 de las Cláusulas Particulares y Anexo "B" del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 2.482/2008.- SIGAF 417/2009 (aprobado por Decreto N° 219/GCBA/09);

Que la normativa citada faculta en el art. 61 a la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil a imponer penalidades mediante acto fundado, y fija multas pecuniarias establecidas en relación al valor actualizado de la ración alimentaria, siendo el mismo de Pesos siete con dieciocho/ cien ($7,18.-);

Que la infracción denunciada afecta al rubro "Calidad de Servicio Alimentarlo" Art. 61, inciso 1 y 2 de las Cláusulas Particulares y Anexo "B" del Pliego de Bases...

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